INDECOPI: COLEGIOS PRIVADOS DEBEN OTORGAR BECAS A ESTUDIANTES EN SITUACIÓN DE ORFANDAD
En el marco del año escolar 2025, el Indecopi hace un llamado a los colegios privados para que cumplan con garantizar el acceso a la educación de los estudiantes que han perdido a sus padres o apoderados responsables de su sustento, según la Ley 23585.
La norma establece que estos
menores tienen derecho a recibir una beca integral en caso de fallecimiento,
inhabilitación física o mental permanente, o internamiento por sentencia
judicial del padre o tutor.
Estas becas exoneran al
estudiante del pago de matrícula, pensiones, exámenes, certificados de estudio
y otros costos relacionados con el servicio educativo.
Para acceder a este beneficio,
debe acreditarse la pérdida del padre, tutor o responsable económico y
demostrar que el estudiante no cuenta con los recursos para solventar sus
estudios.
El Indecopi tiene competencias
fiscalizadoras y sancionadoras ante el incumplimiento de esta norma.
Es así que la Sala Especializada
en Protección al Consumidor concluyó en segunda y última instancia, durante el
año escolar del 2024, que el centro educativo Cambridge College Lima S.A.C., no
otorgó la beca correspondiente a dos de sus estudiantes, cuyo padre había
fallecido.
La Sala ordenó a dicho colegio no
solo otorgar las becas, sino también devolver a la madre todas las pensiones
pagadas desde el fallecimiento del padre.
Para más información, revise la
resolución en la siguiente dirección web: https://bit.ly/3DlydXq
Es importante señalar que, según
la norma, la beca podría ser suspendida por bajo rendimiento o mala conducta
del estudiante, y se perderá definitivamente en caso de expulsión del colegio.
Ante la vulneración de este y
otros derechos en el servicio educativo privado, el Indecopi tiene a
disposición los canales sacreclamo@indecopi.gob.pe; Reclama Virtual y los teléfonos: 224-7777 en Lima y
0800-4-4040 en provincias. (Andina)
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