Entradas

Mostrando las entradas con la etiqueta Difusión
Imagen
ELECCIONES 2026: DESDE MAÑANA QUEDA PROHIBIDA LA DIFUSIÓN DE ENCUESTAS ELECTORALES * Como parte de las restricciones electorales. Desde las 00:00 horas de este lunes 1 de junio quedará prohibida en todo el país la difusión o publicación de encuestas de intención de voto, informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), como parte de las restricciones electorales que regirán en los días previos a la segunda elección presidencial del domingo 7 de junio. El JNE recordó que la prohibición de difundir encuestas constituye una de las medidas previstas para garantizar el adecuado desarrollo del proceso electoral y preservar condiciones de transparencia durante la etapa final de la campaña. De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), el incumplimiento de esta disposición puede ser sancionado con multas de entre 10 y 100 UIT, equivalentes actualmente a montos que van desde S/55 000 hasta S/ 550 000. ¿QUÉ OTRAS RESTRICCIONES REGIRÁN? - Desde las 00:00 horas del viernes 5 de juni...
Imagen
ELECCIONES 2026: ESTAS SON LAS RESTRICCIONES ELECTORALES QUE RIGEN DESDE ESTE LUNES 6 En el marco de las elecciones generales del domingo 12 de abril, un conjunto de restricciones electorales empezará a regir a partir de este lunes 6 de abril El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que entre estas restricciones figuran la prohibición de difundir encuestas, la "ley seca" o impedimento de expendio de licor, la prohibición de reuniones o manifestaciones públicas, el impedimento de espectáculos populares, entre otros. De acuerdo con el citado organismo electoral estos impedimentos que regirán en todo el territorio nacional tienen por finalidad asegurar el correcto desarrollo de las elecciones generales en curso. Dichas restricciones, así como las sanciones en casos de incumplimientos, están contempladas en la Ley Orgánica de Elecciones (LOE). RESTRICCIONES ELECTORALES - Prohibición de la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de co...
Imagen
ELECCIONES 2026: ENCUESTAS PODRÁN DIFUNDIRSE SOLO HASTA 23:59 HORAS DE ESTE DOMINGO * "Ley seca" rige de 08:00 horas del sábado 11 a 08:00 horas del lunes 13. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que las encuestas de intención de voto podrán difundirse o publicarse en los medios de comunicación solo hasta las 23:59 horas de este domingo 5 de abril, como parte de las restricciones que rigen para el proceso electoral en curso. El organismo electoral precisó que, de este modo, desde las 00:00 horas del lunes 6 quedará prohibida la difusión o publicación de las referidas encuestas. Dicha restricción está contemplada en el artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE). En caso de incumplimiento, precisa dicha norma, se sancionará al infractor con una multa entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que este año equivale a entre 55 mil y 550 mil soles.   El JNE también señaló que desde 24 horas antes de la elección (00:00 horas del sábado 11...
Imagen
ELECCIONES 2026: JNE ADVIERTE MULTAS DE HASTA S/550 MIL POR ENCUESTAS FUERA DE PLAZO El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que las encuestadoras y los medios de comunicación solo pueden publicar o difundir encuestas electorales hasta el domingo anterior al día de las elecciones del 12 de abril, y que hacerlo fuera de ese plazo será sancionado con multas de hasta 550 000 soles. De acuerdo con la Resolución N° 0107-2025-JNE, la publicación o difusión de encuestas, simulacros de votación y sondeos de cualquier tipo puede realizarse únicamente hasta el domingo previo al día de los comicios. En ese sentido, la norma señala que esta restricción aplica a la difusión por cualquier medio o plataforma, ya sea prensa escrita, radio, televisión, portales digitales o redes sociales. MULTAS El JNE precisó que las sanciones económicas por difundir encuestas fuera del plazo permitido van de 10 a 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a entre 55 000 soles y 550 000...
Imagen
CONGRESO: APRUEBAN DIFUSIÓN DE ENCUESTAS HASTA TRES DÍAS ANTES DE ELECCIONES * Comisión de Constitución aprobó dictamen. La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso aprobó el dictamen que permitirá publicar en los medios de comunicación encuestas de intención de voto o simulacro de votación hasta tres días antes de las elecciones, con el objetivo de fortalecer la transparencia informativa en los procesos electorales. Con ese propósito, el dictamen reduce de siete a tres días antes de una jornada electoral o de una consulta popular la prohibición para publicar encuestas electorales, previstas en la Ley Orgánica de Elecciones. La norma señala que la restricción no se aplica a las encuestas a boca de urna, que podrán ser difundidas una vez concluido el horario de votación, y además se mantiene la exigencia de transparencia y responsabilidad en la difusión de resultados. Las empresas encuestadoras registradas ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) deberán publicar la...
Imagen
HASTA 15 AÑOS DE PRISIÓN POR CREAR Y DIFUNDIR CONTENIDO SEXUAL CON IA EN PERÚ: EJECUTIVO ENDURECE PENAS EN CÓDIGO PENAL * El Poder Ejecutivo firmó este 8 de agosto el Decreto Legislativo N.º 1625, con el que endurece las penas en el Código Penal para los delitos informáticos relacionados a la difusión de imágenes con contenido sexual sin autorización. El Ejecutivo firmó este 8 de agosto el Decreto Legislativo N.º 1625, que modifica del Código Penal, con el fin de fortalecer el marco normativo sobre el uso de tecnologías digitales y endurecer las penas para proteger la privacidad y seguridad de las mujeres en el entorno digital. , estableciendo sanciones de hasta 15 años de prisión por crear y difundir contenido sexual con Inteligencia Artificial (IA). Asimismo, la norma estipula la tipificación de chantaje sexual dentro de la Ley de Delitos Informáticos, siendo esta presión por difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios, elaborados o modificados por medios tecnológicos...
Imagen
PODER JUDICIAL ADVIERTE QUE DIFUNDIR CONVERSACIONES PRIVADAS TIENE PENA DE CÁRCEL * Configura delito contra la intimidad. La difusión de conversaciones de contenido íntimo, sin relevancia pública, a través de medios de comunicación o redes sociales configura delito contra la intimidad y puede ser sancionada hasta con cuatro años de pena privativa de la libertad y multa, indicó el Poder Judicial. La jueza titular del Tercer Juzgado de Familia de San Juan de Lurigancho, Luz Montero, indicó que este acto configura delito contra la intimidad, que está tipificado en el artículo 154 del Código Penal. “El derecho a la intimidad es protegido constitucionalmente y por la Convención Interamericana y la Declaración de Derechos Humanos. Refiere a la protección del ámbito más reservado de la persona, a su lado más íntimo, a sus pensamientos, lo que es sagrado y está vinculado a la tranquilidad emocional de las personas”, dijo la magistrada. En el ámbito de la intimidad se incluyen las pos...
Imagen
  TRANSPARENCIA HACE LLAMADO A DESTERRAR DIFUSIÓN DE NOTICIAS FALSAS La Asociación Civil Transparencia hizo hoy un llamado a desterrar de la política la difusión masiva de noticias falsas o tergiversadas y recordó a los partidos políticos haber firmado el Pacto Ético Electoral. Por medio de un pronunciamiento, publicado en su cuenta oficial de Twitter, indica que dicho documento firmado ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), las organizaciones políticas se comprometieron "a evitar, rechazar y sancionar la difusión masiva de noticias falsas o tergiversadas que busquen, a través de la desinformación, influenciar en el voto de la ciudadanía". Igualmente, señalan que conforme al Reglamento del Congreso y el Código de Ética Parlamentaria, todo congresista debe realizar su labor "conforme al principio de veracidad". "Los representantes políticos, y quienes aspiran a serlo, en particular los candidatos presidenciales, deben ser los primeros en rechazar l...