HASTA 15 AÑOS DE PRISIÓN POR CREAR Y DIFUNDIR CONTENIDO SEXUAL CON IA EN PERÚ: EJECUTIVO ENDURECE PENAS EN CÓDIGO PENAL
* El Poder Ejecutivo firmó este 8
de agosto el Decreto Legislativo N.º 1625, con el que endurece las penas en el
Código Penal para los delitos informáticos relacionados a la difusión de
imágenes con contenido sexual sin autorización.
El Ejecutivo firmó este 8 de agosto el Decreto Legislativo N.º 1625, que modifica del Código Penal, con el fin de fortalecer el marco normativo sobre el uso de tecnologías digitales y endurecer las penas para proteger la privacidad y seguridad de las mujeres en el entorno digital. , estableciendo sanciones de hasta 15 años de prisión por crear y difundir contenido sexual con Inteligencia Artificial (IA).
Asimismo, la norma estipula la
tipificación de chantaje sexual dentro de la Ley de Delitos Informáticos,
siendo esta presión por difusión de imágenes, materiales audiovisuales o
audios, elaborados o modificados por medios tecnológicos o digitales.
PODER EJECUTIVO MODIFICA LEY DE
DELITOS INFORMÁTICOS PARA PROTEGER LA PRIVACIDAD Y SEGURIDAD DE PERUANAS
Con el objetivo de proteger a las
víctimas de chantajes, que terminan expuestas en las redes sociales donde se
viralizan imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual, la
nueva iniciativa modifica los artículos 154-B y 158 del Código Penal e
incorpora el artículo 5-A en la Ley N.º 30096, Ley de Delitos Informáticos.
El documento incluye además a los
materiales creados o modificados con el uso de tecnologías digitales,
inteligencia artificial u otras innovaciones tecnológicas.
La violencia, mediante el uso de
los medios digitales, constituye una agresión de diversos derechos
fundamentales, especialmente los relacionados con la dignidad, igualdad y no
discriminación, imagen e intimidad y el derecho a una vida libre de violencia.
El 90% de las víctimas de la
viralización de imágenes íntimas son mujeres, según indican estudios sobre
violencia en línea. En ese sentido, el 23% de la población femenina a nivel
mundial ha manifestado haber sufrido abuso o acoso en línea al menos una vez en
su vida, lo que las motiva a alejarse de los medios digitales.
HASTA 15 AÑOS DE PRISIÓN POR
CREAR Y DIFUNDIR IMÁGENES CON IA
La norma, publicada este 8 de
agosto en el diario El Peruano, establece que quien, sin autorización, difunde,
revela, publica, cede o comercializa imágenes, materiales audiovisuales o
audios con contenido sexual, incluidos los que hayan sido creados o modificados
por medios digitales, (tales como inteligencia artificial) de cualquier persona
será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco
años y de 30 a 120 días-multa.
Además, la sanción será no menor
de tres ni mayor de seis años y de 180 a 365 día-multa en caso se dé cualquiera
de las siguientes situaciones:
En caso la víctima mantenga o
haya estado en una relación de pareja con el agresor.
Cuando se haya usado las redes
sociales o cualquier otro medio para difundir el material.
Por otro lado, la pena aumentará
de 6 a 10 años, con 20 a 365 días-multa, si la víctima es menor de 18 años de
edad, e irá de una década a 15 años, con 50 a 365 días-multa, cuando la víctima
tenga menos de 14.
DIFUSIÓN DE CONTENIDO SEXUAL SIN
CONSENTIMIENTO EN PERÚ
Según el reciente informe ‘La verdad al desnudo’, desarrollado por Kaspersky, la difusión de imágenes no consensuada de contenido sexual, conocida también como abuso de imágenes íntimas (IIA, por sus siglas en inglés), ha ido en aumento. El 66% de los encuestados aseguró conocer al menos una persona víctima, mientras que el 6% afirmó haber sufrido esta problemática. El estudio también revela que alrededor del 15% de peruanos de entre 16 y 34 años han sido víctimas. (La República/Jhonatan Sánchez)


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