ELECCIONES 2026: MP ADVIERTE SANCIONES DE HASTA 10 AÑOS DE CÁRCEL POR DELITOS ELECTORALES A pocos días de las elecciones generales 2026, el Ministerio Público advirtió que diversos delitos electorales pueden ser sancionados con penas de cárcel debido a que afectan directamente la voluntad popular y el normal desarrollo de los comicios. ¿QUÉ SON LOS DELITOS ELECTORALES? Los delitos contra la voluntad popular son aquellos que atentan contra el derecho al sufragio o alteran el proceso electoral. Estas conductas están tipificadas en el Código Penal y la Ley Orgánica de Elecciones. PRINCIPALES DELITOS ELECTORALES Suplantación de votantes : Consiste en votar en lugar de otra persona, sufragar más de una vez o hacerlo sin tener derecho. Este delito puede ser sancionado con hasta 4 años de prisión. Compra de votos : Se configura cuando se ofrecen beneficios o promesas para inducir a un elector a votar en determinado sentido o abstenerse. La sanción alcanza hasta 4 años de cárcel. C...
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¿QUÉ SANCIONES PODRÍA RECIBIR EL ESTADO PERUANO CON LA LIBERACIÓN DE ALBERTO FUJIMORI? * La imagen del país a nivel internacional nuevamente se vería comprometida por la liberación de Alberto Fujimori. Desde una reparación hasta un deterioro en las relaciones comerciales y económicas, conoce cuáles serían las sanciones hacia el Estado Peruano por no acatar las órdenes de la Corte IDH. La reciente resolución del Tribunal Constitucional (TC) que ordena la liberación de Alberto Fujimori ha causado polémica no solo en el país, sino también en la comunidad internacional; puesto que se estaría incumpliendo el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), entidad principal de la Organización de los Estados Americanos (OEA), con el cual el Perú tiene un tratado desde 1981. En esa línea, ¿qué pasaría con el Estado peruano si desobedece la orden de la Corte IDH? Especialistas responden lo que podría ocurrir si en caso el exdictador saliera en libertad en las próximas hora...
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AÑO ESCOLAR 2021: COLEGIOS PRIVADOS SOLO PUEDEN COBRAR POR TRES CONCEPTOS · * Están prohibidos los condicionamientos y pagos de cuotas extraordinarias, recalca Indecopi. La pandemia no puede ser justificación para que los colegios particulares incumplan los derechos de padres y alumnos, remarcó el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) en marco del inicio del año escolar 2021. Por eso, advirtió a los padres de familia que solo deben pagar por estos tres conceptos: cuota de ingreso, matrícula y pensión mensual. La cuota de ingreso se cobra por única vez cuando el estudiante nuevo obtiene una vacante en la institución educativa; mientras que la matrícula se paga una vez al año, al iniciar el año escolar, y su monto no debe ser mayor al de la pensión. Por otro lado, la pensión mensual es el pago que se realiza por cada mes de estudios del año escolar; no se puede cobrar de fo...