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ATENCIÓN: 10 AÑOS DE CÁRCEL POR PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN ILEGAL DE PIROTÉCNICOS * La pena por este delito se incrementa si productos ocasionan lesiones graves o muerte. Hasta con 10 años de pena efectiva de cárcel podrían ser sancionados quienes sin autorización importan, transportan, comercializan o usan cualquier tipo de productos pirotécnicos en nuestro país, explicó el juez de investigación preparatoria supraprovincial de la Corte Superior de Lima, Walther Huayllani Choquepuma. “Tiene un alto costo de consecuencias la comisión de este tipo penal porque afecta la seguridad nacional como la integridad de las personas”, sostuvo el magistrado. Indicó que el referido delito, estipulado en el artículo 279-C del Código Penal, atenta contra la   seguridad nacional y tiene varias formas de comisión y se castiga a las personas que no tienen autorización para fabricar, importar, exportar, depositar, transportar, comercializar o usar productos pirotécnicos y/o venderlos a meno...