INDECOPI MULTÓ A SCOTIABANK POR LLAMADAS SPAM Y TENDRÁ QUE PAGAR MULTA DE MÁS DE S/1’000.000 * Además de este caso, Indecopi continúa investigando a otras empresas del sistema financiero y telecomunicaciones por infracciones similares relacionadas con llamadas no autorizadas. En Lima, el 17 de abril, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) impuso en primera instancia una multa superior a S/1,1 millones a Scotiabank tras verificar la realización de llamadas comerciales sin el consentimiento previo de los usuarios. La medida responde a la vulneración del Código de Protección y Defensa del Consumidor, luego de una investigación iniciada por denuncias y acciones de fiscalización. La sanción asciende a 202,96 UIT, equivalente a S/1.116.280, y fue determinada por la Comisión de Protección al Consumidor N.º 3. El caso se encuentra aún en etapa apelable y podría ser revisado por una segunda instancia administrativa en cas...
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CONGRESO: PLENO AMPLÍA LA PROHIBICIÓN DE LAS COMUNICACIONES SPAM El pleno del Congreso de la República aprobó el texto sustitutorio del dictamen que modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, a fin de ampliar la prohibición de las comunicaciones spam. La propuesta legislativa señala que todo consumidor tiene derecho a la protección contra los métodos comerciales agresivos o engañosos, lo cual implica que los proveedores no pueden llevar a cabo prácticas que mermen de forma significativa la libertad de elección del consumidor a través de figuras como el acoso, la coacción, la influencia indebida o el dolo. En ese sentido, se precisa que están prohibidas todas aquellas prácticas comerciales que empleen centros de llamadas (call centers), sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto a celular o mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios, así como prestar el servicio de telemercadeo a consumidor alguno. La única excepc...