DOCENTES TENDRÁN CINCO AÑOS PARA ACREDITAR MAESTRÍA TRAS NOMBRAMIENTO EXTRAORDINARIO * La Ley N.° 32584 alcanza a docentes contratados de institutos tecnológicos, artísticos, de folklore, música y pedagógicos públicos. También reconoce tiempo de servicios para recategorización, CTS y asignaciones. El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.° 32584, que permite el nombramiento extraordinario de docentes en institutos y escuelas públicas de educación superior sin que cuenten previamente con el grado de maestría. La norma modifica la Ley N.° 32086 y alcanza a docentes contratados en institutos tecnológicos, artísticos, de folclore, música y pedagógicos públicos. Con este cambio, el grado de maestro deja de ser un requisito previo para el nombramiento y pasa a ser una exigencia posterior. Los docentes deberán cumplir los requisitos mínimos para acceder a la primera categoría de la Carrera Pública Magisterial. Sin embargo, estarán obligados a acreditar la maestría en un plazo máximo de cinc...
Entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta Maestria