JULIO CHÁVEZ, PRESIDENTE DE ACCIÓN POPULAR, ES SENTENCIADO POR OMITIR DENUNCIA DE COIMA CUANDO ERA ALCALDE El actual líder de Acción Popular, Julio Chávez, recibió una condena de 2 años y 8 meses de prisión suspendida e inhabilitación para ejercer cargo público tras no denunciar que un funcionario de la Municipalidad de San Martín de Porres pidió US$70.000 a un empresario para reabrir un terminal terrestre. El presidente de Acción Popular, Julio Chávez, fue sentenciado en primera instancia a 2 años y 8 meses de pena privativa de libertad suspendida por el delito de omisión de denuncia. La decisión corresponde al Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Norte. El caso se remonta a su gestión como alcalde de San Martín de Porres, cuando no informó a las autoridades sobre un pedido de coima realizado por un funcionario municipal. Según la investigación fiscal, el entonces servidor edil Plácido Ayala exigió al...
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FISCALÍA LLAMA ATENCIÓN A FUNCIONARIOS DE RED DE SALUD CAÑETE-YAUYOS A EVITAR OMISIÓN O DEMORA EN PROCESOS ADMINISTRATIVOS * Existe observación en 32 expedientes de procesos administrativos disciplinarios sin ser atendidos. Ante noticia propalada en medio de comunicación local la fiscalía de Prevención del Delito de Cañete se apersonó a la red de Salud Cañete Yauyos, ante el riesgo de posible comisión del delito de contra la administración pública. El representante del Ministerio Publico a fin de evitar delitos de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales se constituyó a las instalaciones de la red de salud Cañete Yauyos, sosteniendo una reunión con los funcionarios de esta red, a fin de aclarar la presunta renuencia en entrega de cargo y documentos, así como acceso a oficinas, manifestando los funcionarios que si hubo entrega de documentos y el acceso que se requirió inclusive con presencia de personal de la Controlaría y el Órgano de Control Interno de la DIRESA,...
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ELECCIONES 2022: HASTA EL 18 DE AGOSTO SE PODRÁ EXCLUIR A CANDIDATOS EN PRIMERA INSTANCIA * Por omisión o falsedad en hojas de vida. Hasta el 18 de agosto, los jurados electorales especiales (JEE) pueden excluir, en primera instancia, candidatos por omisión o falsedad en las declaraciones juradas de hojas de vida presentadas por las agrupaciones políticas para participar en las elecciones regionales y municipales del 2022, recordó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). De acuerdo al artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), se excluye a un postulante cuando no consigne las sentencias condenatorias firmes por delitos dolosos que le hayan impuesto y las vinculadas al incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales, laborales o por violencia familiar. Igualmente, cuando el candidato no declare en la declaración jurada los bienes y rentas que posea, conforme a las disposiciones previstas para los funcionarios públicos. También se aplica esta ...
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HASTA EL 18 DE AGOSTO SE PODRÁ EXCLUIR A CANDIDATOS EN PRIMERA INSTANCIA * Por omisión o falsedad en hojas de vida. Hasta el 18 de agosto próximo, los jurados electorales especiales (JEE) pueden excluir, en primera instancia, candidatos por omisión o falsedad en las declaraciones juradas de hojas de vida presentadas por las agrupaciones políticas para participar en las elecciones regionales y municipales del 2022, recordó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). De acuerdo al artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), se excluye a un postulante cuando no consigne las sentencias condenatorias firmes por delitos dolosos que le hayan impuesto y las vinculadas al incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales, laborales o por violencia familiar. Igualmente, cuando el candidato no declare en la declaración jurada los bienes y rentas que posea, conforme a las disposiciones previstas para los funcionarios públicos. También se aplica esta medida po...