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CONGRESO PROMULGA LEY QUE RESTITUYE DETENCIÓN PRELIMINAR EN CASOS DE NO FLAGRANCIA * En boletín Normas Legales. El Congreso de la República promulgó hoy en Normas Legales la ley que restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia aprobada por insistencia en el pleno del Legislativo. Ley N° 32255, que restituye y modifica el literal A) del numeral 1 del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957, referido a la detención preliminar judicial en casos de no flagrancia, precisa que la medida se toma por un juez de investigación preparatoria, a requerimiento del fiscal. La resolución que dicta el mandato de detención preliminar debidamente motivado y teniendo a la vista las actuaciones remitidas por el fiscal, se toma cuando: a) No se presente un supuesto de flagrancia delictiva, pero existan elementos razonables para considerar que una persona ha cometido un delito sancionado con pena privativa de libertad superior a cuatro años y, por las circ...
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CONGRESO RESTITUYE LA DETENCIÓN PRELIMINAR EN CASOS DE NO FLAGRANCIA Con 79 votos a favor, 8 en contra y 0 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 9733, que propone restituir y modificar el literal a) del numeral 1 del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957, referido a la detención preliminar judicial en casos de no flagrancia. Posteriormente, la propuesta fue exonerada de la segunda votación. "El juez de la investigación preparatoria, a requerimiento del fiscal, emite una resolución debidamente motivada, teniendo a la vista las actuaciones remitidas por aquel, y dicta mandato de detención preliminar cuando no se presente un supuesto de flagrancia delictiva, pero existan elementos razonables para considerar que una persona ha cometido un delito sancionado con pena privativa de libertad superior a cuatro años y, por las circunstancias del caso, se presenten indicios razonables de posibilidad de fuga u o...