CONGRESO RESTITUYE LA DETENCIÓN PRELIMINAR EN CASOS DE NO FLAGRANCIA
Con 79 votos a favor, 8 en contra y 0 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 9733, que propone restituir y modificar el literal a) del numeral 1 del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957, referido a la detención preliminar judicial en casos de no flagrancia.
Posteriormente, la propuesta fue
exonerada de la segunda votación.
"El juez de la investigación
preparatoria, a requerimiento del fiscal, emite una resolución debidamente
motivada, teniendo a la vista las actuaciones remitidas por aquel, y dicta
mandato de detención preliminar cuando no se presente un supuesto de flagrancia
delictiva, pero existan elementos razonables para considerar que una persona ha
cometido un delito sancionado con pena privativa de libertad superior a cuatro
años y, por las circunstancias del caso, se presenten indicios razonables de
posibilidad de fuga u obstaculización de la averiguación de la verdad",
dice la propuesta.
La iniciativa fue sustentada por
el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Isaac Mita Alanoca
(PL).
Al respecto, su colega Ruth Luque
señaló que la propuesta recoge el consenso de todas las bancadas a fin de
luchar contra la delincuencia en el país.
INTERPELACIÓN
Antes de finalizar la sesión, el
presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, informó que el 12 de diciembre
se presentó la Moción de Orden del Día
15027, que plantea la interpelación del ministro de Educación, Morgan Quero
Gaime, y ordenó que se dé cuenta de la misma.
Acto seguido, declaró que de
conformidad con lo establecido 131 de la Constitución Política del Perú y los
literales a y b del artículo 83 del Reglamento, la votación se efectuará en la
siguiente sesión plenaria. (Andina)

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