CAÑETE: MUNICIPALIDAD DE COAYLLO “OCULTÓ” CONTRATACIONES POR S/. 828,378.18 EVITANDO CONTROL CIUDADANO
* Del 1 de noviembre de 2024 al 31
de marzo de 2025, efectuó contrataciones por montos iguales o inferiores a 8
UIT mediante órdenes de compra y servicio, sin registrarlas en el SEACE.
El SEACE, o Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado, es la plataforma oficial y obligatoria en Perú para gestionar, registrar y difundir los procesos de contratación pública. A través de esta herramienta digital, administrada por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), se garantiza la transparencia, eficiencia y libre competencia en las adquisiciones del Estado.
Los Ministerios, gobiernos
regionales, municipalidades, universidades y otras instituciones públicas que
registran y publican sus procesos, están obligados a utilizar este mecanismo,
con la finalidad que el público en general, a través de sus buscadores
públicos, pueda acceder libremente a la información de los procesos para fines
de transparencia y control social.
COAYLLO: NO REPORTÓ ADQUISICIONES
POR S/ 828,378.18
Una más de la cuestionada gestión
de Jacqueline Kelly Chávez Bustamante al frente de la Municipalidad distrital
de Coayllo, acaba de hacer pública la Contraloría General de la República, que
dejaría entrever que la fiscalización y control de sus acciones y labores, no
es materia de su predilección, según indican propios vecinos de la tierra del
níspero.
“Durante el 1 de noviembre de 2024 al 31 de marzo de 2025, (la Municipalidad Distrital de Coayllo) efectuó contrataciones por montos iguales o inferiores a 8 UIT mediante órdenes de compra y servicio por un monto acumulado de S/ 828,378.18 sin registrarlas en el SEACE, situación que limitó el acceso a la consulta ciudadana, el control social y la supervisión de las contrataciones públicas” señala el informe.
Agrega que se identificó que se
generó un total de 25 órdenes de compra y 171 órdenes de servicio, durante el
período del 1 de noviembre de 2024 al 31 de marzo 2025 por contrataciones por montos
iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) que
ascienden a un monto acumulado de S/ 828,378.18. Sin embargo, en dicho período
el órgano encargado de las contrataciones o el que haga sus veces en la entidad,
no registró ninguna orden de compra y servicio.
Los "montos iguales o
inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT)" se refieren
a contrataciones con el Estado cuyo valor no supera un determinado umbral
monetario, liberándolas de los procedimientos de selección formales de la Ley
de Contrataciones del Estado. Sin embargo, deben adherirse a los principios de
contratación pública como la transparencia y la eficiencia. En 2025, si la UIT
es S/ 5,150, este monto es de hasta S/ 41,200.
En sencillas palabras, son
contrataciones de bienes, servicios u obras por un valor igual o menor a 8 UIT
que no requieren procedimientos de selección como licitaciones, por lo cual se determinan
a “dedo” con el fin de beneficiar a algunos proveedores sin mayor control y a
sola decisión. (LÍNEA DIRECTA/Elarquim).


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