CAÑETE: HOSPITAL REZOLA ADQUIERE ALIMENTOS Y ABARROTES POR MÁS DE UN MILLÓN DE SOLES Y LOS RECEPCIONAN SIN CONTROL DE CALIDAD ALGUNO PONIENDO EN RIESGO SALUD DE PACIENTES

·         * No cuentan con el equipamiento adecuado para la recepción y control de alimentos.

A la serie de cuestionamientos que cotidianamente surgen en contra de la gestión del Dr. Leonardo Budd Yacila al frente del Hospital Regional Rezola de Cañete, ahora se suma las observaciones que ha realizado la Contraloría General de la República a través de dos informes de control, por las deficiencias detectadas en la recepción de alimentos adquiridos por más de un millón de soles.

¿Se habrá tomado cartas en el asunto por parte del cuestionado director? ¿Podrán los consejeros cañetanos hacer las averiguaciones del caso sobre los hallazgos? ¿Dóinde están el vicegobernador y el Asesor FAG que tanto visitaban antes el nosocomio?

COMPRA I: POR S/ 628,318.40 DE FRUTAS, VERDURAS Y ABARROTES PARA TODO EL AÑO 2024

El pasado 26 de junio de 2024 se suscribió el Contrato N.° 011-2024-HRC, de la Convocatoria de Subasta Inversa Electrónica N° 004-2024-GRDL-HDAR PRIMERA CONVOCATORIA, denominada “Adquisición de Alimentos (Frutas, Verduras y Abarrotes) para el Hospital Regional de Cañete Rezola”, por el importe de S/ 628,318.40 soles, (Seiscientos veintiocho mil trescientos dieciocho con 40/100 soles).

La Subasta Inversa Electrónica (SIE) es un procedimiento de selección mediante el cual las entidades públicas contratan bienes y servicios incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), donde el postor ganador es aquel que oferte el menor precio por los productos objeto de la subasta.

El proceso de la Contraloría General de la República se realizó del 5 al 11 de julio de 2024, emitiendo posteriormente el informe de control N° 024-2024-OCI/0637-SCC el 18 de julio, en donde se detallan siete situaciones de riesgo que pueden afectar el proceso de recepción de los alimentos adquiridos:

1.- Para la ejecución del Contrato de Adquisición, la entidad no viene contando con la orden de compra y su notificación al contratista, generando el riesgo de no poder calcular el cómputo del plazo de ejecución de la prestación y entrega de los bienes, limitando la exigencia para el cumplimiento del plazo de ejecución contractual y el cobro de penalidades en caso de retrasos.

2. El proceso de recepción y conformidad de alimentos, se viene realizando sin tener en cuenta los documentos técnicos de evaluación y control de características de calidad e inocuidad, y sin exigir el cumplimiento de las especificaciones y las fichas técnicas aprobadas; además sin emitir registros de control, observación, aceptación y/o rechazo de bienes, y sin respetar el cronograma de internamiento, generando el riesgo de afectar el objeto y la finalidad pública de la contratación al recepcionar y dar conformidad de alimentos que incumplen con las especificaciones contractuales de calidad y las normas técnicas de salud.

3. La entidad no viene exigiendo los requisitos de envasado y rotulado que forman parte las fichas técnicas aprobadas del contrato, generando el riesgo de recepcionar alimentos sin tener conocimiento de su calidad, procedencia e inocuidad; y la realización del pago por productos que incumplen con las normas de salud, sanitarias y de higiene.

4. La Unidad Productora de Servicios de Salud de Atención de Soporte (UPSS) de nutrición y dietética viene recepcionando alimentos en un ambiente con una infraestructura que incumple las exigencias de las normativas aplicables, lo que genera el riesgo de contaminación cruzada y no garantiza la inocuidad de los alimentos recibidos afectando la finalidad pública del contrato.

5. La UPSS de nutrición y dietética no cuenta con el equipamiento adecuado para la recepción y control de alimentos, generando el riesgo de ausencia o inadecuado control de los alimentos recibidos y aceptar alimentos que no satisfagan las especificaciones técnicas contractuales.

6. El personal designado para el control y verificación de los alimentos entregados por el contratista, no cuenta con la idoneidad profesional para realizar dicha labor, generando el riesgo que se recepcione y se pague por alimentos que incumplen con las especificaciones contractuales.

7. La entidad no viene exigiendo al proveedor el cumplimiento de las condiciones óptimas de traslado y transporte de los alimentos, a fin de garantizar la adecuada conservación de calidad e inocuidad de los alimentos, generando el riesgo de deterioro de los mismos, reducción de tiempo de vida útil e incumplimiento de las características de calidad exigidas en las bases contractuales.

COMPRA II: POR S/ 450,000.00 DE PANES, FRUTAS – VERDURAS Y ABARROTES

El 21 de junio de 2024 se suscribió el Contrato N°° 010-2024-HRC, de la Convocatoria de Adjudicación Simplificada N° 007-2024-GRDL-HDAR – Primera Convocatoria “Adquisición de Alimentos para personas (Panes, Frutas - Verduras y Abarrotes) para el Hospital Regional de Cañete Rezola”, por el importe de S/ 450,000.00 soles, (Cuatrocientos Cincuenta mil con 00/100 soles).

Al igual que en la compra antes descrita, se vuelven a repetir las mismas deficiencias en el proceso de recepción de alimentos adquiridos

Con todo lo hallado, según la Contraloría se evidencia que la UPSS de Nutrición y Dietética, en su calidad de área usuaria, y la encargada de Salud Ambiental, encargada de la recepción, no vienen cumpliendo una adecuada labor que puede deberse a la falta de equipamiento o desconocimiento de la información técnica necesaria; así como la responsabilidad de la proveedora identificada como Cristina Marlene Díaz Flores.

Por ello, se ha puesto de conocimiento al director ejecutivo del Hospital Rezola de Cañete Leonardo Pedro Budd Yacila que debe comunicar al Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Salud Lima, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, las acciones preventivas o correctivas adoptadas o por adoptar respecto a las situaciones detectadas por el organismo de control. Budd Yacila fue notificado el pasado 19 de julio, es decir ya debería haber notificado las correcciones asumidas por su despacho. ¿Lo habrá hecho? (LÍNEA DIRECTA/ELARQUIM)

* VER INFORMES COMPLETOS DE COMPRAS:

COMPRA I: POR S/ 628,318.40 https://apps8.contraloria.gob.pe/SPIC/srvDownload/ViewPDF?CRES_CODIGO=2024CSI063700024&TIPOARCHIVO=ADJUNTO

COMPRA II: POR S/ 450,000.00  https://apps8.contraloria.gob.pe/SPIC/srvDownload/ViewPDF?CRES_CODIGO=2024CSI063700025&TIPOARCHIVO=ADJUNTO

Comentarios

Entradas más populares de este blog