LIMA PROVINCIAS: COSCO SHIPPING PORTS CHANCAY PERÚ DESATA DISPUTA LEGAL AL RECHAZAR ROL DE SUPERVISIÓN DE OSITRÁN
* Indican que su condición de
puerto privado limita la competencia del organismo para ejercer tal función.
El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) de Perú recibió una demanda de amparo por parte de Cosco Shipping Ports Chancay Perú que no reconoce el rol de supervisión de la entidad sobre el puerto de Chancay, poniendo en tabla un debate sobre el alcance de las competencias regulatorias y la aplicación de la Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN).
Verónica Zambrano, presidenta de
Ositrán, informó que la institución fue notificada el 21 de octubre sobre la
demanda de amparo presentada en el juzgado de Chancay, tras lo cual disponen de
un plazo de 10 días para responder. La acción se centra en la supervisión del
puerto de Chancay, cuya administración pertenece a Cosco Shipping Ports Chancay
Perú, una entidad de propiedad privada.
Zambrano detalló a Gestión que
“ellos [Cosco Shipping Port Chancay Perú] consideran que Ositrán, al ejercer
sus competencias, está de alguna manera vulnerando sus derechos. Señalan que no
es nuestra competencia (supervisar las actividades del puerto de Chancay) y que
seguimos ejerciéndola sobre lo que ellos consideran es un puerto privado. Al
suceder eso, indican que estaríamos confiscándoles su propiedad”.
Añadió al respecto que “hemos
explicado varias veces las competencias sobre infraestructuras de transporte de
uso público. No entendemos por qué hay esta situación hasta ahora”.
Según Zambrano, aunque el terreno
es propiedad de Cosco Shipping Ports Chancay Perú, las áreas acuáticas,
consideradas bienes públicos, están bajo la supervisión de Ositrán. Esto
implica la posibilidad de aplicar sanciones si la empresa no cumple con las
regulaciones, especialmente en lo que respecta al tarifario y otras
informaciones esenciales para el funcionamiento del puerto.
Cabe mencionar que La Ley del
Sistema Portuario Nacional de Perú permite que entidades privadas, como Cosco
Shipping Ports Chancay Perú, hagan uso de áreas acuáticas para operar puertos
sin ser concesionarias, siempre que cumplan con las condiciones establecidas.
No obstante, Ositrán considera
que, al ser una infraestructura de transporte de uso público, el Puerto de
Chancay debe ser supervisado conforme a lo estipulado en la ley. Esto incluye
la obligación de reportar tarifarios y regulaciones, ya que su papel como
“administrador portuario” lo sujeta a las normativas aplicables.
Zambrano, de hecho, desestimó la
existencia de un vacío legal y explicó que originalmente, se establecieron las
competencias para temas de empresas del Estado que brindarán servicios públicos
o también concesiones. Pero, luego se crea esta figura distinta que existe en
la Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN). Cumpliendo unas condiciones, se
puede hacer uso del área acuática, pero no ser una concesión, explicó.
POSICIÓN DE COSCO SHIPPING PORTS
CHANCAY PERÚ
Por su parte, Mario de Las Casas
Vizquerra, representante de Cosco Shipping Ports Chancay Perú, argumenta que la
empresa está actuando de acuerdo con las disposiciones de la LSPN, dando a
entender que consideran que el estatus privado del puerto limita la
intervención de Ositrán. Este argumento apunta a una interpretación diferente
de la ley, que podría reducir el rol de supervisión del organismo al reconocer
el carácter privado del puerto de Chancay.
Se debe mencionar que se espera
que el puerto de Chancay se inaugure en la próxima Cumbre APEC que se realizará
entre el 10 y 12 de noviembre en un acto que contará con la presencia del
Presidente de China Xi Jinping, por lo que se espera una resolución ágil de
esta dificultad. (Mundo Maritimo)
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