MARTÍN VIZCARRA: SALA CONSTITUCIONAL RATIFICA SU INHABILITACIÓN DE 10 AÑOS POR EL VACUNAGATE
* Nuevo
revés. Expresidente recurriría al TC y, de ser el caso, a la Corte IDH. De no
revertirse su situación, permanecerá impedido de postular a cargos públicos
hasta abril de 2031.
Pese a haber asegurado su participación en las próximas elecciones generales como candidato presidencial, la realidad es completamente diferente para Martín Vizcarra. El último jueves, la Primera Sala en lo Constitucional de Lima ratificó la inhabilitación por 10 años que le impuso el Congreso por haberse vacunado irregularmente contra la COVID-19 con dosis experimentales de Sinopharm. Su esposa Maribel Díaz y su hermano mayor César Vizcarra también recibieron las dosis, por disposición del expresidente.
La Sala Constitucional rechazó la apelación de
Vizcarra contra el fallo de primera instancia que declaró improcedente el
amparo que interpuso en abril de 2021. Con su recurso, el exmandatario pedía
anular o declarar inaplicable la sanción dictada por el Parlamento luego de que
fuera electo como congresista por Lima con más de 165.000 votos. El escaño que
le correspondía fue asumido por el accesitario José Jerí.
El colegiado determinó que el Parlamento,
durante el trámite de la denuncia constitucional que acabó en la
inhabilitación, no violó los derechos constitucionales del expresidente.
Con esta decisión de segunda instancia se
cierra la vía judicial y se abre el camino para que el expresidente recurra al
Tribunal Constitucional, a través de un recurso de agravio constitucional. En
dicha instancia ya se encuentra el amparo con el que busca anular una segunda
inhabilitación por 5 años que le impuso el actual Congreso. Dicha sanción fue
por no declarar que tenía acciones en la empresa C y M Vizcarra cuando ejercía
como ministro de Transportes y Comunicaciones de PPK.
Fuentes allegadas al entorno del expresidente
adelantan que también se llevará este caso al TC, con la finalidad de agotar la
vía interna y, de no obtener un fallo favorable, poder acudir a organismos
supranacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos con la
esperanza de revertir la situación.
DISCORDIA
Durante la votación en segunda instancia se
presentó una discordia entre los jueces superiores. Los magistrados Bacilio
Cueva Chauca y Andrés Tapia Gonzáles votaron por confirmar la improcedencia de
la demanda, mientras que el juez Oswaldo Ordoñez Alcántara votó por declarar
nula la sentencia de primera instancia y que la jueza de origen emita una nueva
decisión.
Se llamó al juez David Suárez Burgos para que
dirima la discordia, pero este se alineó al voto de Ordoñez Alcántara. Entonces
se dispuso convocar al magistrado Eduardo Romero Roca, quien resolvió
definitivamente el caso al sumarse a la posición de ratificar la improcedencia
del amparo.
LA DECISIÓN
La Primera Sala en lo Constitucional de Lima
desestimó todos los argumentos de Martín Vizcarra. Por ejemplo, el expresidente
alegó que no podía ser inhabilitado sin que se le haya impuesto previamente una
condena penal. Sin embargo, el colegiado sostuvo que la inhabilitación que
impone el Congreso es política y discrecional por infracciones a la carta
magna, mientras que la inhabilitación que dicta el Poder Judicial es por la
comisión de un delito.
Tampoco prosperó el argumento respecto a una
falta de imparcialidad por parte de las congresistas. Según la sala, a los
parlamentarios no se les puede exigir la misma imparcialidad que a un juez del
PJ. “Incluso pueden adelantar el sentido de sus votos y poner en conocimiento
de la población las futuras decisiones que adoptaran en cumplimiento de los
derechos y deberes que emanan del propio Reglamento del Congreso, que no admite
inhibiciones o recusaciones a los miembros o congresistas delegados que forman parte
de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales”, se lee en la resolución.
Asimismo, el colegiado determinó que,
contrario a lo que afirmaba la defensa de Vizcarra, el Congreso sí definió
debidamente el hecho que configuraría una infracción constitucional. Este es el
“aprovechamiento indebido del cargo para acceder de manera irregular a la
vacuna contra el SARS-Cov 2 y de esa manera inocularse y beneficiar a sus
familiares directos”.
La defensa de Vizcarra también invocó el caso
del presidente de Colombia, Gustavo Petro, quien fue destituido e inhabilitado
por la Procuraduría de dicho país cuando era alcalde de Bogotá. La Corte IDH
determinó que se violaron los derechos políticos del actual mandatario. No
obstante, la Sala Constitucional deja en claro que, en el caso peruano, la
inhabilitación política está contemplada en la Constitución como una facultad
del Congreso.
PRECEDENTE
Entre la jurisprudencia que cita la Sala
Constitucional para resolver el recurso de Martín Vizcarra, se puede encontrar
la sentencia del actual Tribunal Constitucional en el proceso competencial que
inició el Congreso contra el Poder Judicial por las decisiones judiciales que
frenaron la elección del defensor del Pueblo, la captura de la Sunedu, entre
otros. (La República/Diego Casimiro)
Sala Constitucional invoca sentencia del TC en el proceso competencial del Congreso contra el PJ
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