COLEGIOS PRIVADOS NO PUEDEN IMPEDIR A ESCOLARES RENDIR EXÁMENES FINALES POR FALTA DE PAGOS
* Vocero de Indecopi explica en qué
casos pueden retener certificado de estudios.
Ante la cercanía del cierre del año escolar, el Indecopi recordó a los promotores y autoridades de colegios privados que está prohibido impedir a los estudiantes rendir exámenes finales por la falta de pago de pensiones.
Tampoco deben emplear métodos
intimidatorios de cobranza que afecten la reputación, privacidad o la imagen de
los menores, sus padres o tutores.
En este sentido, el uso de
herramientas como grupos de WhatsApp o murales escolares no debe ser empleado
para exponer públicamente a los estudiantes que mantienen deudas.
Según comentó a TV Perú Arturo
Herrera, vocero de Indecopi, las instituciones no deben publicar listas de
deudores o comunicar de forma pública los montos adeudados, ya que podrían
afectar el normal desarrollo del alumno en clases.
Asimismo, señaló que los colegios
privados tampoco pueden condicionar el pago de las pensiones o cualquier otro
cobro para la atención de reclamos, entrega de libreta de notas, asistencia a
clases presenciales o virtuales, o el acceso a plataformas educativas.
Además, recordó que no pueden
exigir cuotas extraordinarias o conceptos distintos a los permitidos, como
bingos, rifas, colectas, entre otros. El pago a las Apafas (Asociaciones de
Padres de Familia), por su parte, es de carácter voluntario.
¿PUEDEN RETENER EL CERTIFICADO DE
ESTUDIOS?
Herrera indicó que, ante la falta
de pago, los colegios privados pueden retener los certificados correspondientes
a los grados de estudios no pagados, siempre que los padres o tutores hayan
sido informados sobre esta condición mínimo 30 días antes de iniciar el proceso
de matrícula del año en curso.
En cuanto a los acuerdos
económicos, cualquier facilidad de pago o fraccionamiento de las pensiones,
resaltó que esto debe ser formalizado al inicio del año académico.
“Si existieran incumplimientos de
estos acuerdos, el colegio tiene la facultad de no renovar la matrícula del
estudiante el siguiente año, pero deben comunicar esta decisión con 30 días de
anticipación al inicio del proceso de matrícula, permitiendo que los padres
puedan gestionar el traslado del menor a otro colegio”, precisó.
MATRÍCULA Y PENSIÓN PARA EL AÑO
2025
El Indecopi recordó a los
colegios privados que deben informar, con al menos 30 días calendario antes de
finalizar el año escolar en curso, los detalles de matrícula y pensiones
correspondientes al año 2025.
Este informe incluye el monto y
oportunidad de pago de la matrícula, así como el monto, número y oportunidad de
pago de las pensiones mensuales y cualquier incremento previsto.
REPORTE DE INCUMPLIMIENTOS
Recuerda que, si el colegio de tu
hijo o hija no cumple con sus obligaciones, puedes tomar las siguientes
acciones:
- Presentar un reclamo en el
Libro de Reclamaciones del colegio particular, la cual debe ser respondida en
un máximo de 15 días hábiles no prorrogables.
- Presentar una denuncia ante el
Indecopi, en cualquiera de sus oficinas a nivel nacional a través de un correo
electrónico a sacreclamo@indecopi.gob.pe.
- Reclamar virtualmente aquí.
- Llamar al 224-7777 (Lima) y
0800-4-4040 (provincias). (Andina)
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