CAÑETE: HOSPITAL REGIONAL REZOLA  DEBERÁ DETERMINAR RESPONSABILIDADES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS A SEIS TRABAJADORES POR IRREGULAR PAGO A CONTRATISTA

Mientras Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción - Sede Cañete iniciará acciones penales.

La Contraloría General de la República realizó una acción de control al Hospital Regional Rezola con la finalidad de verificar el correcto proceso contratado en el año 2024, para el "Servicio de mantenimiento de pozo a tierra, subestación eléctrica y casa fuerza, grupo electrógeno, subtableros y sala de electrobombas del Hospital Rezola de Cañete".

Este proceso está relacionado al mantenimiento de equipamiento y accesorios electromecánicos del Hospital Regional de Cañete - Rezola, bajo la dirección de la oficina de Administración, la unidad de Logística de la Entidad, el área de Servicios Generales y Mantenimiento, y demás áreas relacionadas que intervinieron en el proceso; siendo el monto de la materia a examinar de S/ 210,410.00.

¿QUÉ SE ENCONTRÓ?

La materia comprometida estuvo relacionada al servicio de mantenimiento preventivo y/o correctivo de equipos electromecánicos de la Entidad, realizado durante el periodo octubre a diciembre del año 2024, cuya contratación se realizó en base a condiciones restrictivas, otorgándose la buena pro a postor que no cumplió con acreditar la totalidad de los requisitos de las bases y posteriormente se otorgó la conformidad y pago del servicio pese a no ejecutarse la actividades de acuerdo a los términos de referencia establecidas por la Entidad.

¿QUIÉNES TENDRÍAN RESPONSABILIDAD?

Indica la Contraloría en su informe que, el Hospital Regional de Cañete - Rezola, convocó el procedimiento de selección para adjudicar dicho servicio.

Para ello, el señor VLADIMIR MENDOZA HUALLANCA, ingeniero mecánico eléctrico de la Unidad de Servicios Generales y Mantenimiento, elaboró los términos de referencia, el mismo que fue aprobado y visado por el jefe de la Unidad de Servicios Generales y Mantenimiento, WILMAR FLORES RODRÍGUEZ, quien remitió a la jefa de la Oficina de Administración, ROSA ESMERALDA PORRAS GRANDEZ para el trámite de contratación correspondiente. Sin embargo, los términos de referencia del servicio presentaron requisitos restrictivos que limitaban la concurrencia de postores, toda vez que, posteriormente solo se presentó la oferta del postor ganador WYG KALLPA INVERSIONES S.A.C.

Asimismo, el señor JUAN RENZO JHONATAN MORALES BULNES, jefe de la Unidad de Logística quien a su vez fue el encargado del Órgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad, elaboró y visó las bases administrativas, siendo aprobado por la jefa de la Oficina de Administración, Rosa Esmeralda Porras Grandez, acogiendo los requisitos restrictivos que limitaron la concurrencia de ofertas, incumpliendo la normativa de contrataciones aplicable.

Finalmente, durante el procedimiento de selección, el señor Juan Renzo Jhonatan Morales Bulnes, encargado del OEC admitió la oferta de la empresa WYG KALLPA INVERSIONES S.A.C., pese a que no presentó la documentación obligatoria requerida, y además, no cumplió con acreditar los requisitos de calificación y de factor de evaluación establecidos en las bases integradas respecto a la capacidad técnica y profesional, así como del plazo de entrega, respectivamente, pese a ello, se le otorgó la buena pro.

Además, se indica que el señor VÍCTOR DONATO LESCANO VICENTE, coordinador del servicio de mantenimiento, no realizó la verificación de actividades ni la supervisión del contratista WYG Kallpa Inversiones S.A.C durante la ejecución del servicio de mantenimiento.

Finalmente, se agrega que la señora OFELIA LUZ VALERIO VILLALOBOS, jefa de la Unidad de Economía, permitió la continuidad de las actividades del técnico administrativo del área de Control Previo, pese a tener conocimiento de la conclusión de su vínculo contractual, ocasionando que se continúe con el trámite para el pago, sin realizar los controles ni la revisión del informe de actividades del contratista y sin advertir el incumplimiento de los términos de referencia. Asimismo, en su revisión posterior tampoco realizó las observaciones identificadas del servicio de mantenimiento ejecutado.

Corresponden ahora realizar las acciones tendentes a fin de que el órgano competente efectúe el deslinde de las responsabilidades que correspondan, de los funcionarios y servidores públicos del Hospital Regional de Cañete - Rezola comprendidos en los hechos observados del Informe de Auditoría, en la parte administrativa; mientras que a Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción - Sede Cañete, ya ha sido notificada para Iniciar las acciones penales contra los funcionarios y servidores comprendidos en los hechos con la finalidad que se determinen las responsabilidades que correspondan. (LÍNEA DIRECTA/ Elarquim)

* VER INFORME DE CONTRALORÍA COMPLETO:

https://apps8.contraloria.gob.pe/SPIC/srvDownload/ViewPDF?CRES_CODIGO=2025CPOC82300120&TIPOARCHIVO=ADJUNTO

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