ÚTILES ESCOLARES: QUÉ PUEDEN Y QUÉ NO PUEDEN EXIGIR LOS COLEGIOS, SEGÚN INDECOPI
* Indecopi ha impuesto multas de
hasta 450 UIT a instituciones educativas que incurrieron en infracciones.
Ante el inicio del retorno de niños y adolescentes al colegio, y en medio de la campaña escolar, el Instituto Nacional de Defensa al Consumidor y Propiedad Intelectual (Indecopi) advirtió a los padres de familia sobre los útiles que las instituciones educativas no pueden exigirles para sus hijos.
Mariella Villacorta,
representante de la Dirección de Protección al Consumidor de Indecopi, detalló
las normas del Código de Protección y Defensa del Consumidor para evitar abusos
en el próximo inicio del año escolar 2026, previsto para marzo.
Según la funcionaria, los
colegios no pueden solicitar materiales ajenos al proceso educativo, como papel
higiénico, jabón líquido, platos o vasos descartables, ya que estos son
responsabilidad exclusiva de la institución. Villacorta enfatizó que estos insumos
de limpieza o aseo personal deben ser cubiertos por el colegio, no por los
padres.
La única excepción es cuando el
pedido esté destinado a cubrir directamente la necesidad del alumno, como un
jabón y una toalla que requerirá después de la clase de educación física.
Tampoco está permitido exigir
artículos de limpieza para aulas o actividades docentes, ni paños, mota o
productos similares que no contribuyan directamente al aprendizaje del
estudiante. Desde el 2019, el Indecopi ha multado en casos previos con hasta 450
UIT por estas infracciones.
NO SE PUEDE EXIGIR ÚTILES DE
MARCAS ESPECÍFICAS
Otra prohibición clave es la
imposición de marcas específicas para útiles o uniformes, lo que vulnera el
derecho del consumidor a elegir libremente. Los colegios no pueden direccionar
compras a locales particulares, según el artículo 73 del Código.
Los centros educativos deben
entregar la lista de útiles de forma progresiva, no completa, el primer día de
clases; la entrega inicial no puede ser antes de 30 días del inicio lectivo.
Villacorta recomienda revisar el reglamento interno del colegio para verificar
estos plazos.
Respecto a los materiales
escolares, no se puede obligar a comprar libros nuevos cada año si están en
buen estado; los textos de segundo uso son válidos siempre que permitan el uso
normal. Esto busca reducir costos innecesarios para las familias, precisó la
funcionaria.
DÓNDE DENUNCIAR MALAS PRÁCTICAS
Si un colegio incumple estas
normas, los padres pueden reclamar primero en el Libro de Reclamaciones y, si
no hay solución, denunciar ante Indecopi que garantiza la protección de los
derechos del consumidor en este contexto educativo.
Villacorta instó a los apoderados
a informarse y denunciar para evitar sorpresas, promoviendo un año escolar
justo y transparente. (ANDINA)
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