DESALOJO EXPRESS: ADIÓS A LOS INQUILINOS MOROSOS EN 15 DÍAS
* Más de 500 casos de desalojo
express se tramitan en el país.
Las situaciones de desalojo siempre han sido un gran problema para los arrendadores, ya que en muchos casos pueden tardar años en resolverse en el Poder Judicial. Sin embargo, existe una alternativa más rápida y eficaz: el desalojo express. ¿En qué consiste? ¿Cuanto tiempo puede demandar el desalojo? En esta nota te lo explicamos.
En diálogo con la agencia Andina,
el juez supremo titular Ramiro Bustamante señaló que este mecanismo permite
recuperar un inmueble en un plazo mucho menor frente a los procesos
tradicionales. Precisó que este procedimiento judicial garantiza la ejecución
del desalojo en solo 15 días.
Para acogerse a este proceso
especial, el magistrado explicó que se deben cumplir ciertos requisitos. “Para
que proceda este proceso especial de desalojo express, se necesita de un
contrato escrito que tenga una cláusula de allanamiento a futuro y que además
cuente con las firmas legalizadas notarialmente del arrendador y del
arrendatario”, precisó.
Asimismo, detalló que este
procedimiento aplica únicamente en casos específicos. “Únicamente procede para
el caso de falta de pago de la renta. Si un arrendatario deja de pagar 2 meses
y 15 días, el propietario puede acogerse a este procedimiento. También si el
contrato ha vencido y el arrendador ya no desea continuar con el alquiler”,
agregó.
A diferencia de un juicio
tradicional, que puede extenderse hasta por tres años, el desalojo express
puede resolverse en aproximadamente un mes. Según Bustamante, el proceso es
ágil desde su inicio ya que el juez admite la demanda y dicta un auto de ejecución,
otorgando seis días al demandado para que acredite el pago o la vigencia del
contrato. Si no lo hace, se dispone el lanzamiento dentro de los 15 días
posteriores.
El magistrado enfatizó que este
mecanismo evita maniobras dilatorias que suelen retrasar los procesos
judiciales. “Este desalojo es un proceso especial que solo permite acreditar el
pago de la renta o la prórroga del contrato. Si no se acreditan estas dos
situaciones, se dispone el lanzamiento respectivo”, sostuvo.
Además, aclaró que la única forma
de suspender el desalojo es que el inquilino cancele la deuda pendiente. Agregó
que los intentos de conciliación o justificaciones no detienen el proceso.
Actualmente, el Poder Judicial
tramita 540 procesos de desalojo exprés, la mayoría en Lima. En ese contexto,
el juez destacó la celeridad en segunda instancia. “El mismo día de la vista de
la causa se resuelve el expediente. Es decir, el trámite en segunda instancia
dura aproximadamente 10 días”, refirió, al reconocer el trabajo de la Tercera
Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Finalmente, Bustamante exhortó a
los propietarios a adoptar medidas preventivas en sus contratos de
arrendamiento. “Mi invocación es que incluyan la cláusula de allanamiento
futuro y legalicen las firmas. Así, ante un incumplimiento, podrán acogerse a
este trámite mucho más sencillo y célere”, concluyó. (ANDINA)
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