PODER JUDICIAL DECLARA INADMISIBLE HÁBEAS DATA QUE INTERPUSO FUERZA POPULAR
· * Le da tres días para subsanar deficiencias de su
demanda.
La Corte Superior de Justicia de Lima declaró inadmisible el recurso de hábeas data interpuesto por Fuerza Popular para que, a través de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, se le alcance la lista de electores por mesa de sufragio utilizada en la segunda vuelta presidencial.
La decisión del Decimoprimer
Juzgado Constitucional de la Corte Superior fue anunciada ayer. Se indica en
ella que la solicitante, Milagros Takayama, se presenta como representante de
Fuerza Popular; sin embargo, no acredita dicha condición.
El tribunal detalló que se
adjuntó al pedido una ficha de afiliación partidaria que “está fenecida y no es
actual”.
“Si bien es cierto toda persona
tiene derecho a la información pública, no es menos cierto que la demandante se
ha presentado como representante de una persona jurídica, lo cual debe ser
acreditado a efectos de solicitar la información a nombre del partido
político”, señala el documento.
Asimismo, se recuerda que, de
acuerdo al Código Procesal Constitucional, toda demanda debe mostrar la firma
del demandante y la del abogado. En este caso, la rúbrica digital de la
demandante no está validada.
“Es preciso que la demandante
legalice su firma ante notario público o legalice ante el especialista,
solicitando cita por el Módulo de Atención del Usuario y presente escrito
mediante el cual ratifique que se encuentra firmando la demanda”, se lee en la
resolución.
En tal sentido, la demanda es
declarada inadmisible, pero se concede un plazo de tres días para que se
subsanen las deficiencias mencionadas. (Andina)
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