¡ALERTA CAÑETE!...PROVINCIA DE CHINCHA PASA A NIVEL DE ALERTA ALTO AL IGUAL QUE CHANCHAMAYO Y SULLANA
· * Toque de queda en las tres provincias iniciará a
las 11 de la noche.
A partir de este lunes 1 de noviembre el toque de queda será desde las 11 p.m. hasta las 4 a.m. en las provincias de Chanchamayo, Chincha y Sullana, mientras que en el resto del Perú se mantendrá de 2 a.m. a 4 a.m.
Así lo dispone el Decreto Supremo
167-2021-PCM, publicado hoy en El Peruano, actualizando el nivel de alerta que
tendrán las provincias del país hasta el 14 de noviembre próximo.
La norma detalla que las tres
provincias mencionadas elevaron su nivel de riesgo, pasando de alerta moderado
a alerta alto, lo que impone mayores restricciones para sus ciudadanos, como la
ampliación del horario del toque de queda.
Además, en dichas ciudades ya no
habrá ingreso a los estadios deportivos ni a los coliseos.
En Lima Metropolitana y el Callao,
así como en el resto del país, el toque de queda de lunes a domingo se
mantendrá de 2 a.m. a 4 a.m. Los domingos habrá circulación sin restricción de
los vehículos particulares.
AFOROS
Las tres provincias (Chanchamayo,
Chincha y Sullana) tendrán a partir del lunes 1 de noviembre los siguientes
porcentajes de aforo en sus distintas actividades, de acuerdo con el Decreto
Supremo.
Nivel de alerta alto:
•Actividades en espacios cerrados:
Centros comerciales, galerías
comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:40%
Tiendas de abastecimiento de
productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias:
50%
Restaurantes y afines en zonas
internas: 50%
Casinos y tragamonedas: 40%
Cines y artes escénicas: 40%
Bancos y otras entidades
financieras: 60%
Templos y lugares de culto: 40%
Bibliotecas, museos, centros
culturales y galerías de arte: 50%
Actividades de clubes y
asociaciones deportivas (deportes con contacto): 50%
Actividades de clubes y
asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 50%
Eventos empresariales y
profesionales: 50%
Peluquería y Barberia: 50%
Spa, Baños turcos, sauna, baños
termales: 40%
Coliseos: 0%
Gimnasios: 40%
•Actividades en espacios abiertos
(respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en
el marco de sus competencias):
Artes escénicas
Enseñanza cultural
Restaurantes y afines en zonas al
aire libre
Áreas naturales protegidas,
jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y
zoológicos
Baños termales al aire libre
Actividades de clubes y
asociaciones deportivas al aire libre
Eventos empresariales y
profesionales al aire libre
Mercados itinerantes
Estadios deportivos: 0%
En tanto, en el resto de las
provincias del país, incluyendo Lima y Callao, los aforos se mantienen como
sigue a continuación:
Nivel de alerta moderado:
• Actividades en espacios
cerrados:
Centros comerciales, galerías
comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 50%
Tiendas de abastecimiento de
productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias:
60%
Restaurantes y afines, cuya área
de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros
cuadrados en zonas internas: 60%
Restaurantes y afines, cuya área
de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200
metros cuadrados en zonas internas: 100%
Casinos y tragamonedas: 50%
Cines y artes escénicas: 50%
Bancos y otras entidades
financieras: 60%
Templos y lugares de culto: 50%
Bibliotecas, museos, centros
culturales y galerías de arte: 60%
Actividades de clubes y
asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60%
Actividades de clubes y
asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60%
Eventos empresariales y
profesionales: 60%
Peluquería y Barberia: 60%
Spa, Baños turcos, sauna, baños
termales: 60%
Coliseos (vacunados con 2
dosis):20%
Gimnasios: 50%
•Actividades en espacios abiertos
(respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en
el marco de sus competencias):
Artes escénicas
Enseñanza cultural
Restaurantes y afines en zonas al
aire libre
Áreas naturales protegidas,
jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y
zoológicos
Baños termales al aire libre.
Actividades de clubes y
asociaciones deportivas al aire libre
Eventos empresariales y
profesionales al aire libre
Mercados itinerantes
Estadios deportivos (vacunados
con 2 dosis): 20%
ESTADO DE EMERGENCIA
La norma también decreta ampliar
el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 30 días calendario, a partir
del lunes 1 de noviembre de 2021, por las graves circunstancias que afectan la
vida de las personas a consecuencia de la covid-19.
Se recuerda que, durante ese
periodo, queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales
relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del
domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
El personal de la Policía
Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto
cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del Estado de Emergencia
Nacional, conforme a la normativa vigente, agrega el decreto.
15 DE NOVIEMBRE
La norma también dispone que a
partir del 15 de noviembre los trabajadores del sector salud tengan la
vacunación completa contra la covid-19 para cumplir sus labores de manera
presencial en su centro de trabajo.
El mismo día entra en vigencia la
disposición para que los pasajeros del transporte interprovincial terrestre,
mayores de 45 años, aborden los buses solo si acreditan su dosis completa de
vacunación contra la covid-19. (Andina)
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