CONGRESO SACÓ LEY ELECTORAL EXPRÉS SIN CUMPLIR CON EL REGLAMENTO
* Parlamento sin control.
Especialistas José Naupari y Omar Cairo advierten que texto aprobado para
reabrir el plazo de inscripción de precandidatos cae en vicios de
inconstitucionalidad.
El Congreso de la República aprobó una segunda norma electoral sin cumplir con el Reglamento. Se trata de la autógrafa que votaron el jueves último con el propósito de reabrir el plazo de inscripción de precandidatos para las elecciones internas. El texto aprobado sería inconstitucional, según apuntan los especialistas José Naupari y Omar Cairo.
El texto fue enviado ayer al
Poder Ejecutivo. Ahora el presidente Pedro Castillo tendrá que decidir si
promulga u observa la norma. En tanto, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
estudia técnicamente el caso.
El caso se torna más delicado, si
se toma en cuenta que el texto final abre incluso la opción de realizar unas
elecciones internas complementarias, en caso de que el Ejecutivo demore en
pronunciarse.
PISOTEAN EL REGLAMENTO
El artículo 73 del Reglamento del
Congreso establece que no se puede exonerar de dictamen las leyes orgánicas.
Pero la norma aprobada el jueves no tenía el dictamen previo.
Esta norma surge en virtud a dos
proyectos de ley presentados apenas el 19 de abril. La presidenta de la
Comisión de Constitución, Patricia Juárez (Fuerza Popular), nunca sometió a
debate el tema y tampoco hubo borrador de dictamen.
Los proyectos pasaron
directamente al Pleno por acuerdo de la Junta de Portavoces, con la anuencia de
casi todas las bancadas, con excepción de Somos Perú y Cambio Democrático.
Precisamente en el pleno del
jueves, la legisladora Ruth Luque (Cambio Democrático) exigió a la Mesa
Directiva una explicación de por qué estaban incumpliendo el Reglamento, al no
contar con dictamen.
Desde la Mesa Directiva solo hubo
una respuesta ambigua basada en la “práctica parlamentaria”.
Al final, esta ley exprés sin
dictamen fue aprobada con 83 votos de las bancadas de Perú Libre, Fuerza
Popular, Alianza para el Progreso (APP), Renovación Popular y Acción Popular.
El texto sustitutorio presentado
antes de la votación tiene las firmas de Patricia Juárez (Fuerza Popular), José
Arriola (Acción Popular), Eduardo Salhuana (APP) y Waldemar Cerrón (Perú
Libre), quienes avalaron esta arbitrariedad.
NORMA INCONSTITUCIONAL
El constitucionalista Omar Cairo
recalca que el artículo 105 de la carta magna establece que ninguna norma puede
ser sancionada sin aprobación previa de la comisión dictaminadora, salvo
excepción prevista en el Reglamento del Parlamento.
Y el actual Reglamento no fija
esta excepción sino, al contrario, subraya que las leyes orgánicas deben tener
dictamen.
El experto en derecho electoral
José Naupari apunta que el texto aprobado por el Congreso el jueves “incurre en
vicios de inconstitucionalidad por aspectos de forma y de fondo”.
Sobre la forma, hace referencia
al incumplimiento del artículo 37 del Reglamento del Congreso. El especialista
subraya además que el artículo 31 de la Constitución es claro en señalar que
los derechos de elegir y ser elegidos se regulan por ley orgánica (Ley de
Organizaciones Políticas) y eso es lo que ha modificado el Parlamento.
En cuanto al fondo, José Naupari
advierte que se está afectando el principio de seguridad jurídica y el
principio de preclusión, ambos regulados en la Constitución.
LEY CON NOMBRE PROPIO
Esta ley pinta como una norma con
nombre propio de Acción Popular (AP). Los únicos dos proyectos que dieron vida
a esta norma fueron presentados por los legisladores de esta bancada Darwin
Espinoza y José Arriola.
La presidenta del Congreso, María
Alva (AP), bajó el jueves al llano no solo para emitir su voto a favor, sino
para mover hilos a fin de garantizar la aprobación, según fuentes del
Parlamento.
Y es que AP solo presentó 12
listas regionales. Hay una norma que establece que para mantener la inscripción
los partidos tenían que presentar mínimo 15 listas regionales. Por lo mismo, el
Congreso aprobó en marzo otra ley sin dictamen para suspender este requisito.
En buena cuenta, si el Jurado
Nacional de Elecciones (JNE), que preside Jorge Salas, decide actuar con
firmeza y hace respetar el principio de intangibilidad de las leyes
electorales, sencillamente Acción Popular podría perder la inscripción.
CAMBIAN REGLAS A SU ANTOJO
Además de ampliar plazo para
inscribir precandidatos, texto aprobado contempla una segunda jornada de
elecciones internas comple-mentarias, lo que generaría más gasto público.
PLAZOS
Decisiones. El Poder Ejecutivo ya
tiene en sus manos la autógrafa que aprobó el Congreso. Pedro Castillo tiene
plazo hasta el 23 de mayo para decidir si lo promulga u observa.
Análisis. En paralelo, el JNE
analiza el tema técnicamente, para ver si realmente es posible reabrir el plazo
de inscripción de precandidatos para las internas.
Excesos. El texto aprobado
incluso permitiría convocar a elecciones internas complementarias.Además de
ampliar plazo para inscribir precandidatos, texto aprobado contempla una
segunda jornada de elecciones internas complementarias, lo que generaría más
gasto público. (La República/ Wilber Huacasi)
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