RETIRO DE LA CTS: SE PODRÁ DISPONER DEL 100 % HASTA EL 31 DE DICIEMBRE
La norma señala que la
disposición de la CTS permitirá a los trabajadores cubrir las necesidades
económicas causadas por la pandemia del covid-19.
En ese sentido, autoriza, por
única vez y hasta el 31 de diciembre del 2021, a los trabajadores comprendidos
dentro del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de
Servicios, a disponer libremente del 100 % de los depósitos por CTS que tengan
acumulados a la fecha en las entidades financieras.
Dispone, además, que el Poder
Ejecutivo dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para el
cumplimiento de la norma, en el plazo máximo de diez días calendario, desde la
entrada en vigencia de la ley.
Ayer, la presidenta del Consejo
de Ministros, Violeta Bermúdez, indicó que el Ejecutivo no observará la
autógrafa de ley que faculta el retiro de la CTS, pues se han considerado las
posibles contingencias que podría generar la emergencia sanitaria en el país.
La norma entrará en vigencia una
vez que el Ejecutivo la promulgue en el Diario Oficial El Peruano. (Andina)

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