PODER JUDICIAL DEJA AL VOTO APELACIÓN DE VIZCARRA CONTRA INHABILITACIÓN DEL CONGRESO
*Exmandatario apeló resolución
que declaró improcedente una acción de amparo.
La primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima dejó al voto el recurso de apelación presentado por el expresidente Martín Vizcarra contra la resolución que declaró improcedente su acción de amparo contra inhabilitación del Congreso de la República por 10 años.
Durante la audiencia, Vizcarra
dijo que la denuncia constitucional en su contra, que concluyó con su
inhabilitación, no ha respetado los procedimientos y los plazos previstos en
reglamento del Congreso y lo establecido por la Constitución.
“No es que queramos que no se
haga el proceso, que se haga, pero respetando los procedimiento y los plazos,
se ha hecho en dos meses, no me han dado derecho a la defensa, se ha trabajado
en días no laborables, hemos presentado escritos que no han sido respondidos y
se pasó a otra etapa”, afirmó.
Apuntó que su inhabilitación por
10 años, la máxima sanción del Congreso, fue una “venganza política” e ilegal,
toda vez que la vacunación, con dosis destinadas a un estudio clínico, es
materia de una investigación en el Ministerio Público que, según dijo, aun no
lo encuentra responsable.
En tanto, su abogado, Fernando
Ugaz, argumentó que la resolución que declaró improcedente la acción de amparo
no ha valorado la vulneración de los derechos de Vizcarra, toda vez que las
acusaciones constitucionales en su contra de han resuelto cuando no había una
sentencia firme contra su patrocinado.
“Se aprueba el informe de la
Subcomisión sin que hubiera una versión informe final del informe, se
desatendió el pedido de la defensa de diligencia programadas, ninguno fue
atendido, se aprobó el informe en forma irregular”, apuntó.
En ese marco, el abogado pidió a
la Sala que se declare fundada la apelación, como demanda principal, o en todo
caso, como demanda accesoria, la nulidad de la misma.
El representante del Ministerio
Público, por su parte, solicitó que se ratifique la resolución que declaró
infundada la acción de amparo del expresidente Martín Vizcarra contra su
inhabilitación.
Sostuvo que el Congreso tiene la
facultad constitucional de inhabilitar a un funcionario público hasta por 10
años, lo que implica que tiene la discrecionalidad para fijar el tiempo de la
sanción política, en función de su facultad constitucional de tutelar los
principios y valores democráticos.
Apuntó que la denuncia
constitucional muestra que Vizcarra ejerció su derecho a la defensa y la
conducta imputada está clara dado que se habría aprovechado de su cargo para
inocularse de la dosis de una vacuna sin haber sido candidato del ensayo. (Andina)
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