MINSA RECUERDA QUE USO DE PISCINAS PÚBLICAS CON FINES RECREATIVOS ESTÁ PROHIBIDO
La Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa) del Ministerio de Salud (Minsa) recuerda que está prohibido el uso de piscinas en los centros de esparcimiento, clubes zonales u otros (autorizados), en el marco de la pandemia del covid-19.
Precisa que esta disposición,
establecida en el artículo 12 del Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, se encuentra
aún vigente y permite, excepcionalmente, el uso de piscinas solo para la
realización de actividades formativas o terapéuticas, previo cumplimiento de
los protocolos aprobados por la Autoridad Sanitaria Nacional.
En tal sentido, la Digesa aclara
que la Directiva Sanitaria para el uso de piscinas públicas y privadas de uso
colectivo en el marco de la covid-19, aprobada el 31 de diciembre mediante
Resolución Ministerial N°1356-2021/MINSA, no autoriza el funcionamiento de las
piscinas recreativas.
Indica que la autorización de
estos espacios recreativos está sujeta a las disposiciones que emita el
Gobierno Central durante el Estado de Emergencia Nacional por la covid-19.
Al respecto, la Digesa exhorta a
las autoridades sanitarias (Geresas, Diresas, Diris, o las que hagan sus
veces), así como a los gobiernos locales y personas naturales o jurídicas que
administren piscinas públicas o privadas de uso colectivo, el cumplimiento del
artículo 12 del Decreto Supremo antes mencionado, y realizar las acciones de
supervisión de la Directiva Sanitaria para el uso de piscinas públicas y
privadas de uso colectivo en el marco de la covid-19. (Andina)
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