TRANSPORTE INTERPROVINCIAL: MAYORES DE 40 AÑOS DEBEN ACREDITAR DOSIS DE REFUERZO
* Solo están exceptuados los que
han recibido su segunda dosis hace menos de 3 meses, precisó el Minsa.
Las personas mayores de 40 años de edad que quieran viajar a provincias están obligadas a presentar desde ayer, lunes 31 de enero, su carnet de vacunación con las dosis completa, incluyendo la de refuerzo, para poder utilizar el servicio de transporte interprovincial.
Así lo dispone el Decreto Supremo
Nº 010-2022-PCM, publicado el fin de semana en la separata de Normas Legales
del Diario Oficial El Peruano y que estará vigente hasta el 13 de febrero.
Tras precisar que las personas
mayores de 18 años deben presentar su carnet de vacunación con las dos dosis,
la norma subraya que esta disposición estará vigente en los cuatro niveles de
alerta establecidos por el Gobierno para hacer frente a la pandemia de
covid-19.
"Dispóngase que, los
pasajeros del servicio de transporte interprovincial terrestre mayores de 18
años, en los cuatro (4) niveles de alerta, solo podrán abordar si acreditan su
dosis completa de vacunación en el Perú y/o en el extranjero, y la dosis de
refuerzo para mayores de 40 años que se encuentren habilitados para recibirla
según protocolo vigente", subraya.
Agrega que las personas que no
cuenten con las dosis completas podrán presentar una prueba molecular negativa
con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar el bus
interprovincial.
Al respecto, el Ministerio de
Salud indicó que la obligatoriedad de presentar el carnet de vacunación que
acredite que recibieron la dosis de refuerzo contra la covid-19 para las
personas mayores de 40 años, no aplica para aquellos que teniendo 40 años o
más, se han aplicado la segunda dosis en los últimos tres meses y, por tanto,
todavía pueden recibir su dosis de refuerzo.
En ese sentido, instó a las
empresas de transporte interprovincial aéreo y terrestre y otras entidades como
restaurantes, centros comerciales, mercados, "a tomar en cuenta está
excepción para evitar generar problemas innecesarios a quienes todavía no pueden
recibir su dosis de refuerzo debido a la fecha en que completaron su esquema de
vacunación normal".
Por último, ratificó que las
personas que no cuenten con su vacunación completa pueden presentar una prueba
molecular con resultado negativo, tomada con 48 horas de anticipación.
PROTOCOLO VIGENTE
El Decreto Supremo refiere,
asimismo, que el servicio de transporte urbano e interprovincial de pasajeros
se brinda cumpliendo los lineamientos aprobados por el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones para la prevención de la covid-19.
Precisa que todos los pasajeros
del transporte interprovincial y urbano terrestre deben respetar las normas
sobre uso de mascarilla, así como los protocolos correspondientes.
Desde el 10 de diciembre de 2021
es obligatorio que el viajero muestre el carnet físico que le entregaron en el
centro de vacunación o el virtual. Los certificados de vacunación obtenidos en
el extranjero también son válidos.
TAMBIÉN CONDUCTORES Y TRIPULANTES
Como parte de las medidas
adoptadas para prevenir el contagio de la covid-19, este requisito también debe
ser cumplido por los conductores y tripulantes del bus, quienes solo pueden
operar si acreditan su dosis completa de vacunación.
El procedimiento para obtener el
certificado de vacunación es gratuito y lo puede hacer toda persona que haya
recibido las dos vacunas contra la covid-19 y la dosis de refuerzo para los
mayores de 40 años. Para ello, solo se debe ingresar al siguiente enlace.
De acuerdo al Ministerio de
Salud, está demostrado que una persona no vacunada puede contagiarse con más
facilidad y, en consecuencia, contagiar a las personas de su entorno. Vacunarse
permitirá evitar una tercera ola en el país.
AFOROS PERMITIDOS EN BUSES
Según el protocolo sanitario
vigente, los buses interprovinciales pueden operar con un aforo del 100 % de
sus asientos, siendo obligatorio para los conductores, tripulación y pasajeros
el uso de doble mascarilla o una del tipo KN-95.
Asimismo, se recomienda para el
caso de la tripulación y los pasajeros, el uso adicional del protector facial.
El vehículo debe contar con
medidas de separación entre el chofer y los pasajeros, como paneles de
protección de acrílico o policarbonato. Las medidas, grosos y especificaciones
de diseño se encuentran en la Resolución Ministerial N° 0385-2020-MTC/01.
También se mantiene la obligación de desinfectar los vehículos antes y después
de cada servicio.
Las empresas de transporte deben
vigilar que se guarde el distanciamiento físico dentro de las instalaciones de
las agencias. Antes de abordar el vehículo de transporte interprovincial, los
pasajeros deben entregar una Declaración Jurada de su estado de salud.
Los menores de 14 años únicamente
podrán viajar con, por lo menos, uno de sus padres o su tutor debidamente
acreditado. Deberán llenar y entregar una declaración jurada para el transporte
de pasajeros menores de 14 años.
VIAJE SEGURO
Por su parte, la Superintendencia
de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) recuerda a
todos los usuarios la importancia de recurrir siempre a terminales terrestres
autorizados y contar con el aplicativo móvil Viaje Seguro, mediante el cual podrán
revisar los datos del conductor y el vehículo, así como las autorizaciones y
certificados con las que cuenta el vehículo.
Asimismo, aconseja respetar el
distanciamiento social mediante el uso adecuado de las cortinas divisorias de
polietileno instaladas en las unidades de transporte y el uso del cinturón de
seguridad, elemento de seguridad importante que salva vidas. (Andina)
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