OFICIALIZAN LEY QUE EXONERA IGV A ALIMENTOS DE LA CANASTA BÁSICA FAMILIAR
* Fue publicada en el Diario
Oficial El Peruano.
Hoy se publicó en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 31452 que exonera del impuesto general a las ventas (IGV) los alimentos de la canasta básica familiar.
La ley tiene por objetivo atenuar
el impacto inflacionario generado por la coyuntura económica internacional.
De esta manera, se exonera del
IGV, hasta el 31 de julio de 2022, la venta en el país o importación de los
siguientes bienes que conforman la canasta básica familiar:
- Carne de aves de la especie
Gallus domesticus (gallina, gallo, pollo) frescos, refrigerados o congelados.
- Huevos frescos de gallina de la
especie Gallus domesticus.
- Azúcar.
- Pastas alimenticias sin cocer,
rellenar ni preparar de otra forma.
- Pan
USO DEL CRÉDITO FISCAL
Los contribuyentes que
comercialicen los bienes señalados podrán aplicar como crédito fiscal el IGV
correspondiente a las adquisiciones y/o importaciones de los principales
insumos requeridos en el proceso productivo de los bienes exonerados, los
cuales serán determinados mediante decreto supremo refrendado por el ministro
de Economía.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
Lo dispuesto en la presente ley
entra en vigencia a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de su
publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Mediante decreto supremo,
refrendado por el ministro de Economía, se establecerán las normas
reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ley en un
plazo no mayor de 15 días calendario.
Lo dispuesto en la ley es de
aplicación a las operaciones de importación o venta de los bienes señalados que
se realicen en las zonas comprendidas en la Amazonía a que se refiere la Ley
27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía.
El Instituto Nacional de Defensa
de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi)
estará a cargo del monitoreo de los precios de venta al consumidor final de los
bienes que forman parte de la canasta básica familiar comprendidos en la ley.
La publicación en el Boletín de
Normas Legales lleva la rúbrica de la presidenta del Congreso, María del Carmen
Alva, y la primera vicepresidenta del Parlamento, Lady Camones. (Andina)

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