DÍA DE LA BANDERA: CONOCE LAS OBSERVACIONES A LEY QUE DECLARA FERIADO EL 7 DE JUNIO
La presidenta de la República, Dina Boluarte, observó la autógrafa de ley aprobada por el pleno del Congreso de la República que declaraba como feriado nacional no laborable el 7 de junio, fecha en la que se celebra la Batalla de Arica y del Día de la Bandera.
La observación a la normativa fue
anunciada en la víspera por el titular del Consejo de Ministros, Alberto
Otárola, indicando que esta decisión se toma "en aras de avanzar en la
reactivación económica del país"; proceso necesario tras las coyunturas
que se han suscitado en los últimos tiempos.
Dicha autógrafa modifica el
artículo 6 del Decreto Legislativo N° 713, que consolida la legislación sobre
descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la
actividad privada.
Según el documento enviado al
Congreso de la República, con el ingreso del 7 de junio como feriado no
laborable, se elevan a 15 los feriados en el presente año, colocando al país
como uno de los países con más fechas libres en el mundo.
En ese sentido, precisa que
incrementar el número de feriados nacionales no laborables y remunerados tiene
un efecto práctico equivalente a un incremento de los costos laborales no
salariales, reduciendo a su vez la productividad laboral y la competitividad
del Perú, perjudicando a la actividad productiva nacional, la atracción de
inversiones y el empleo formal.
Asimismo, el establecimiento de
un nuevo feriado nacional no laborable y remunerado deteriora la posición
competitiva del Perú, en tanto consolida a nuestro país con uno de los países
con más días no laborables remunerados (feriados y vacaciones) a nivel internacional,
situación que se agudiza dados los altos costos laborales no salariales y baja
productividad laboral del Perú
Por ello, señala que los feriados
no laborables y remunerados como el propuesto "generan como efecto neto la
reducción de la actividad productiva del país".
Además, señala que existen
medidas alternativas a un feriado nacional no laborable y remunerado
"menos gravosas y de mayor efectividad, para alcanzar la finalidad que
persigue la autógrafa de ley".
"En ese sentido, con la
finalidad de consolidar la conmemoración del 7 de junio, se propone como medida
alternativa a la propuesta de Artículo Único de la Autógrafa de Ley que se
establezca al 7 de junio como feriado facultativo no laborable sujeto a
recuperación (...)", indica el documento.
Agrega que en este caso, los
trabajadores del sector privado podrán acogerse a dicho feriado previo acuerdo
entre partes, estableciendo la forma de recuperación de las horas no laboradas.
(Andina)

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