CAÑETE: CONTRALORÍA DETECTA DEFICIENCIAS EN CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE UNIVERSIDAD NACIONAL
El pasado 22 de junio del año en
curso, el presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de
Cañete el Dr. Arnulfo Ortega Mallqui, fue notificado por escrito, por la
Contraloría General de la República, de situaciones que podrían poner en riesgo
la ejecución de tan importante obra bajo la denominación “Mejoramiento de los
servicios de educación superior en la sede académica CNI, de la Universidad
Nacional de Cañete, fundo San Luis del distrito de San Luis - provincia de
Cañete - departamento de Lima” con código unificado de inversiones N° 2444577.
El examen de control, según la
Contraloría, se realizó del 7 al 14 de junio último con la finalidad de determinar
si el avance físico y financiero de obra cumplen con las especificaciones
técnicas, conforme a lo establecido en el expediente técnico y normativa aplicable,
teniendo en cuenta que existe una inversión de más de 13 millones de soles.
De la visita de inspección de
obra (revisión selectiva) y análisis a la información vinculada al servicio de
Control Concurrente realizada se han identificado tres (3) situaciones adversas
que afectan o podrían afectar la continuidad del proceso, el resultado o el
logro de los objetivos del proyecto:
1.- Ausencia del personal clave
de la supervisión y el contratista, no garantiza que las partidas que se
ejecutan cumplan con los procedimientos y protocolos establecidos en el
expediente técnico, lo cual podría afectar la calidad de obra.
2.- Veredas en pasadizos de los
tres pisos y azotea de los pabellones 3 y 4, presentan fisuras; lo que podría
afectar la calidad y vida útil de los pisos y azoteas del pabellón 3 y 4.
3.- Tableros eléctricos de distribución no
cumplen con las especificaciones Técnicas y normativa aplicable, lo cual podría
afectar la operatividad del sistema eléctrico instalado.
En tal sentido, señala la misiva
remitida al presidente de la Universidad, “solicitamos que una vez adoptadas
las acciones que correspondan, éstas sean informadas a la Comisión de Control
en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados desde la comunicación del
presente Informe, adjuntando la documentación de sustento respectiva, en
formato digital.”, que esperamos, en virtud a los días transcurridos, se
adopten las medidas correctivas. (Elarquim)
* VER INFORME COMPLETO: https://apps8.contraloria.gob.pe/SPIC/srvDownload/ViewPDF?CRES_CODIGO=2023CSIL35300037&TIPOARCHIVO=ADJUNTO



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