¡ATENCIÓN! EL 6 DE AGOSTO SERÁ FERIADO EN CONMEMORACIÓN DE LA BATALLA DE JUNÍN
* De acuerdo con la Ley Nº 31530.
El próximo domingo 6 de agosto será feriado nacional en todas las entidades e instituciones públicas, en conmemoración de la batalla de Junín. Así lo establece la Ley Nº 31530 que modifica, el artículo 6 del Decreto Legislativo 713.
En ese sentido, los trabajadores
tienen derecho a descansar ese día y que se les remunere de manera normal, como
en un feriado habitual del calendario.
En caso de que exista necesidad
de la empresa de contar con el trabajador y este acuda a su centro de labores o
realice trabajo remoto, se presentan dos escenarios:
1. Que el empleador otorgue un
día en compensación por el día trabajado.
2. En caso no haya compensación, el
trabajador deberá recibir tres remuneraciones:
- Una por el día feriado.
- Una por el trabajo que realiza
- Una sobretasa del 100 %.
Ejemplo: si la remuneración
diaria de un trabajador equivale a 50 soles, este recibirá 50 soles por dicho
día (ya incluido en la remuneración semanal, quincenal o mensual); 50 soles más
por el trabajo realizado y 50 soles más como sobretasa. En total, deberá
recibir 150 soles por este feriado laborado.
En caso la empresa incumpla estas
disposiciones, se puede presentar una denuncia ante la Sunafil por este hecho.
Esta infracción es calificada como muy grave y se calcula dependiendo del tipo
de empresa y cantidad de trabajadores afectados. (Andina)

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