CAÑETE: SERVIR DETERMINA ACTO ATENTATORIO CONTRA TRABAJADOR CELESTINO SÁNCHEZ LEIVA EN MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
* Cuestionado Subgerente “a medio
tiempo” de Recursos Humanos Alberto Jesús Ramos Reyna dispuso ilegal
rotación.
* SERVIR dispone retorno a plaza
de origen de servidor al declarar fundado su recurso de apelación.
El abuso, atropello, maltrato y
acoso contra algunos servidores, especialmente nombrados, de la Municipalidad
Provincial de Cañete, no dejan más que demostrar la actitud prepotente,
altanera y atentatoria contra los derechos laborales consagrados, vulnerando la
legislación vigente a su antojo; incurriendo incluso en actos atentatorios contra
la dignidad del trabajador, que por sobre todo es una persona que merece
respeto.
Esta es lo que, según diversas
denuncias en medios locales y virtuales, viene sucediendo en la gestión que
lidera el llamado alcalde “Tony” Alcántara Malásquez a través de la Subgerencia
de Recursos Humanos a cargo del cuestionado “jefe a medio tiempo”, Abg. Alberto Jesús Ramos Reyna, quien a menos de 13 días de
haberse oficializado su designación en el cargo, cometió un acto arbitrario
contra el servidor Celestino Sánchez Leyva, quien venía desempeñándose en el
cargo de chofer de la Gerencia de Obras.
CASO CELESTINO SÁNCHEZ
La comuna provincial a través de
la jefatura de personal, dispuso la rotación del servidor Celestino Sánchez
Leyva, a la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, sin expresar cuál es la
necesidad de servicio que pretendía satisfacer y mucho menos indicar cuál era
la plaza vacante de destino en el que desarrollaría funciones. En efecto, no se
delimitó en qué consiste la necesidad de servicio que se alega, a efectos de
permitir corroborar que la misma responde a una situación objetiva que motiva que
se desplace al Trabajador. Tampoco se evaluó que exista un cargo vacante y que
sea compatible con el perfil del impugnante.
Esto quedó corroborado cuando al
llegar a su nueva sede de trabajo la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, no
existía cargo vacante de chofer, que siempre a brindado el servidor a través de
los años de trabajo; por lo cual se le asignaba funciones atentatoria a su
dignidad laboral y personal como la limpieza y lavado de las unidades
vehiculares del cuerpo de Serenazgo, incluso de conserje para entrega de
documentos a otras dependencias, utilizando vehículos en malas condiciones
técnicas que incluso ponían en riesgo su vida.
Esta situación, se indica, afectó
su estado anímico y generó recrudecimiento en males de salud que hasta hoy lo
afectan, incluso viéndose obligado, como parte del maltrato del cual habría
sido víctima, a asistir a trabajar con una sonda por problemas prostáticos.
SERVIR DISPONE QUE VUELVA A SU
PLAZA DE ORIGEN
Este arbitrario e ilegal
traslado, fue apelado al Tribunal del Servicio Civil Autoridad Nacional del
Servicio Civil - SERVIR por Sánchez Leyva contra el acto administrativo
contenido en el Memorando Nº 0292-2023-SGRRHH-MPC del 27 de marzo de 2023,
emitido por la Sub Gerencia de Recursos Humanos de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CAÑETE; al no haberse aplicado correctamente las disposiciones que integran
el ordenamiento jurídico para la rotación de personal.
SERVIR luego del análisis del
caso, mediante RESOLUCIÓN Nº 002701-2023-SERVIR/TSC-Primera Sala del 01 de
setiembre de 2023, dispuso declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto
por el señor Celestino Sánchez Leyva, al no haberse aplicado correctamente las
disposiciones que integran el ordenamiento jurídico para la rotación de
personal; DISPONIENDO que retorne a la plaza de origen que ocupaba previo al
desplazamiento.
DISPOSICIÓN SE CUMPLIRÁ A
MEDIADOS DE OCTUBRE
En efecto, Celestino Sánchez
Leyva deberá volver a su cargo de chofer de la Gerencia de Obras que venía
cumpliendo, cargo del no menos cuestionado y “todopoderoso” José Antonio
Gonzáles Sáman, la cual deberá ejecutarse a mediados del mes de octubre del año
en curso, cuando deberá cumplirse el periodo de descanso médico que, debido a
los problemas de salud, que afronta y se recrudecieron ante tantos hechos
atentatorios del que fue víctima, situación que se acrecienta por problemas renales que lo obligan a un proceso de diálisis constante.
FUNCIONARIOS CON MEDIOCRE ACTUAR
Prueba irrefutable, ilustra este
caso, de la capacidad y talento, que no tendría, el responsable de la
Subgerencia de Recursos Humanos Abogado Alberto Jesús Ramos Reyna, en virtud a
sus actos, de quien cumple esta labor a medio tiempo, ya que la comparte
diariamente con su labor de docente. Es decir, por las mañanas como jefe de
RRHH y por las tardes como profesor de un reconocido colegio sanvicentino.
Cosas que suceden cuando el”
amiguismo y política” permiten darle confianza a personas que podrán demostrar
ser “serviles” a los intereses de la autoridad, pero que muchas veces, llegar
al “poder efímero” sin cumplir los requisitos mínimos de formación académica y
experiencia laboral establecidos en el Manual de Organización y Funciones de la
Entidad (MOF), afectando el principio de mérito y capacidad en el acceso a la
Administración Pública. (ELARQUIM)
* VER RESOLUCIÓN COMPLETA DE SERVIR:
https://drive.google.com/file/d/1CIwvsGogVEeP6Gj2IA6D5PMsku_CmOo4/view?usp=sharing


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