CONTRALORÍA: MÁS DE 1,500 DIRECTIVOS DE CONFIANZA EN ENTIDADES INCUMPLEN REQUISITOS
* Informó la Contraloría General de
la República.
La Contraloría General de la República dio a conocer los resultados del operativo nacional de “Verificación de requisitos e impedimentos para el acceso y ejercicio de la función pública” realizado en 554 entidades públicas, a las cuales se realizaron 581 servicios de control simultáneo en todas las regiones del país.
De acuerdo con la información,
1,584 directivos de libre designación y remoción pertenecientes a gobiernos
regionales y municipalidades (provinciales y distritales) no acreditaron el
cumplimiento de los requisitos mínimos de formación académica y/o experiencia
establecidos en la Ley N° 31419 y su reglamento, así como en los documentos de
gestión de sus respectivas entidades.
Cabe señalar que la Ley N° 31419
está vigente desde febrero del 2022 y establece una serie de disposiciones para
garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de
funcionarios y directivos de libre designación y remoción.
Con este operativo se desplegaron
1,218 auditores, distribuidos en 583 comisiones de control, que intervinieron
en 25 gobiernos regionales, 56 unidades ejecutoras de gobiernos regionales, 196
municipalidades provinciales, tres empresas municipales y 274 municipalidades
distritales.
Las comisiones de control
revisaron legajos de 5,756 directivos de libre designación y remoción, de los
cuales 4,774 corresponden al segundo nivel organizacional (gobiernos regionales
y locales) y 982 al tercer nivel organizacional (gobiernos regionales).
PRINCIPALES RESULTADOS
Según el Informe N°
21998-2023-CG/GRLIM-SOP, en los 581 informes de control se revelaron un total
de 1,924 situaciones adversas y de las cuales se identificó que casi el 35% se
concentra en Áncash (148), Lima Metropolitana (141), Puno (132), así como Junín
(127) y San Martín (125).
La mayor cantidad de
designaciones que no acreditaron cumplir estos requisitos pertenecen a
municipalidades distritales (676 directivos) y luego aparecen municipalidades
provinciales (584), gobiernos regionales (217), unidades ejecutoras de
gobiernos regionales (105) y empresas municipales (2).
De ese total, se desprende que
1,254 directivos no acreditan cumplir los requisitos mínimos de formación
académica y/o experiencia establecidos en la Ley N° 31419 y su reglamento.
Mientras que otros 831 directivos tampoco acreditaron cumplir esos mismos requisitos
mínimos establecidos en los documentos de gestión de la entidad fiscalizada.
También se identificó que, de las
554 entidades intervenidas, en 220 (40% del total) sobrepasaron el límite del
5% del total de cargos o puestos existentes para la designación de servidores
de confianza. Este hecho no es acorde con la normativa vigente, la cual busca
una administración pública moderna, jerárquica, profesional, para obtener
mayores niveles de eficiencia del aparato estatal y el logro de una mejor
atención a los usuarios.
Adicionalmente, se identificó a
seis entidades públicas que superaron el tope de 50 plazas de servidores de
confianza y que no acreditaron haber presentado la solicitud de excepción a la
Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR). Se trata de los gobiernos
regionales de Ayacucho, Loreto, Pasco, Piura y San Martín; así como la
Municipalidad Metropolitana de Lima.
Los auditores de la Contraloría
también encontraron que en 328 entidades públicas no se acreditó haber
realizado una verificación de los requisitos mínimos exigidos en la normativa
aplicable para la designación de cargos directivos, y en 401 no se acreditó
haber efectuado consulta alguna en las plataformas y registros para la
verificación previa de impedimentos, en relación al acceso a la función pública
de sus directivos públicos de libre designación y remoción.
Otro hallazgo relevante es que en
305 entidades intervenidas durante el operativo nacional no se actualizaron los
instrumentos de gestión referidos al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y
el Manual de Clasificador de Cargos, tal como lo dispone Ley N.º 31419, lo que
provocaría el riesgo de no contar con directivos que cumplan requisitos acordes
con la naturaleza y especialidad de cada entidad.
FALTA DE PROCEDIMIENTOS
También se advirtió que 421
entidades públicas supervisadas en el operativo no cuentan con procedimientos
formales de verificación de perfiles, lo que equivale al 76% del total
supervisado. Los mayores porcentajes de incumplimiento están en las municipalidades
provinciales y distritales con 78%, seguidas por un 68% de unidades ejecutoras
de los Gore.
Mientras que 476 entidades
públicas (86%) no cuentan con procedimientos formales para la designación de
directivos. Los mayores porcentajes de incumplimiento está a nivel de
municipalidades provinciales (89%), municipalidades distritales (87%),
gobiernos regionales (83%), unidades ejecutoras de gobiernos regionales (79%) y
empresas municipales (67%). Esta situación debilita los mecanismos de control para
el correcto proceso de designación de directivos públicos en las entidades
públicas.
RECOMENDACIONES
En base a estos resultados, la
Contraloría recomendó a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) a evaluar
la pertinencia de brindar acceso a las plataformas de debida diligencia del
sector público a los jefes de los Órganos de Control Institucional (OCI) de la
Contraloría, lo cual permitirá contribuir a las labores de control
gubernamental.
Mientras que a SERVIR se
recomendó que, en el marco de la Ley N° 31419 y su reglamento, evaluar la
emisión de una normativa actualizada con relación a la gestión de legajos de
las entidades públicas, puesto que el Manual Normativo de Personal N° 005-94-DNP
“Legajo de Personal” se encuentra desactualizado.
Asimismo, en el marco de sus
atribuciones, se le sugirió realizar las acciones de supervisión que
correspondan para asegurar el cumplimiento de los requisitos de directivos
públicos establecidos en la norma por parte de las entidades comprendidas en el
presente informe, y así minimizar los riesgos advertidos e identificados
durante el operativo.
Finalmente, se recomendó
fortalecer las acciones de monitoreo y supervisión a las entidades públicas
para prevenir el eventual incumplimiento del límite legal de cargos de
confianza, que en ningún caso deberá ser mayor al del 5% del total de cargos o
puestos existentes para las designaciones de servidores de confianza o el
número máximo de 50. (Andina)


Comentarios
Publicar un comentario