CAÑETE: SERVICIO DE SERENAZGO DEFICIENTE POR IRRESPONSABILIDAD DE GERENTE Y SUBGERENTE DE SEGURIDAD CIUDADANA
· * Así lo deja entrever la Contraloría General de
la República ante deficiencias de absoluta responsabilidad de quienes lideran
este vital equipo.
La función de los gobiernos locales en el tema de Seguridad Ciudadana, es plantear y ejecutar estrategias que contribuyan con un modelo de convivencia democrática, igualitaria, solidaria, justa y libre de violencia. Sus acciones se dan mediante la protección y garantía de los derechos humanos, así como la implementación de políticas públicas que desplieguen, de manera simultánea, acciones concretas y planes estratégicos en el nivel operativo, normativo y preventivo.
Por ello, el trabajo del cuerpo
de Serenazgo es importante y vital para cumplir con este objetivo, pero
lamentablemente en los últimos años, en la capital de la provincia de Cañete,
este trabajo se viene viendo opacado, no por el profesionalismo y mística que
siempre demuestran los efectivos serenos, quienes pese a las dificultades y
carencias han demostrado hasta la saciedad, estar en el lugar donde se les
requiere; sino por la indiferencia, apatía y falta de labor responsable de
quienes son los llamados a dirigir los lineamientos de la Municipalidad
Provincial de Cañete, nos referimos a Alejandro Amoretti Ortiz, Gerente de
Seguridad Ciudadana, Gestión del Riesgo y Desastre y Movilización para la
Seguridad y Defensa Nacional; y Edward Gary Rojas Magallanes Subgerente de
Seguridad Ciudadana.
DESCONTROL ADMINISTRATIVO EN
CUERPO DE SERENAZGO DE “TONY” ALCÁNTARA
La Contraloría General de la
República recientemente del 12 al 16 de febrero del año en curso, llevó a cabo
una visita de control al proceso de gestión de la Seguridad Ciudadana en la Municipalidad
Provincial de Cañete y el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana en el año
2024, que no hace más que confirmar el letargo en el trabajo administrativo y
de planeamiento.
De la revisión efectuada a la
planificación, recursos y patrullaje municipal del Servicio de Serenazgo Municipal
se identificaron situaciones adversas que afectan o podrían afectar la
continuidad del proceso o resultado del logro de los objetivos del servicio
serenazgo:
1.- Durante el año 2023 y 2024 no
Cumplió con registrar el formato de ocurrencias en el Registro Estandarizado de
Ocurrencias administrado por la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio
del Interior, situación que no permitiría la correcta ejecución de acciones y
actividades desarrolladas por el servicio de serenazgo municipal y por ende la Seguridad
Ciudadana de la provincia.
2.- Durante el año 2023 y 2024 no
cumplió con brindar información para su ingreso en el Registro Nacional de Serenos
y Serenazgo de la plataforma virtual del Ministerio del interior, situación que
no permitiría la correcta ejecución de acciones y actividades desarrolladas por
el servicio de Serenazgo Municipal y por ende la seguridad ciudadana de la
provincia.
3.- No cuenta con un centro de
capacitaciones de serenos Municipales, situación que no permitiría el correcto
desarrollo de las Funciones del servicio de serenazgo municipal y por ende la
seguridad Ciudadana de la provincia.
Dicha situación contraviene el
artículo 32° del Reglamento de la Ley N.° 31297, Ley del Servicio de Serenazgo
Municipal, el cual señala:
“El Centro de Capacitación de
Serenos es el espacio físico o ambiente de la municipalidad provincial o
distrital; que sirve para brindar formación y entrenamiento al personal de serenazgo,
de acuerdo a los módulos y estructura curricular establecidos por el Ministerio
del Interior. Su implementación y administración está a cargo de las
municipalidades provinciales o distritales, debiendo contar con la respectiva
certificación del Ministerio del Interior para su funcionamiento”.
Estos hallazgos fueron notificados
al alcalde “Tony” Alcántara el pasado 20 de febrero del año en curso, dándole
un plazo de 5 días hábiles para que informe de los correctivos necesarios. ¿Lo
habrá hecho?. (ELARQUIM)
* VER INFORME COMPLETO DE CONTRALORÍA:


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