RETIRARÁN CABLEADO AÉREO EN DESUSO O MAL ESTADO PARA DESCONTAMINAR EL AMBIENTE
* Concesionarias de
telecomunicaciones y electricidad tienen 3 meses de plazo para presentar plan
de acción.
Las empresas concesionarias y
proveedores de servicios de infraestructura de telecomunicaciones y de
electricidad deberán retirar el cableado aéreo en desuso o en mal estado
ubicado en las zonas urbanas del país, según una norma del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones (MTC) publicada en El Peruano.
Así lo dispone el Decreto Supremo
Nª007-2024-MTC, mediante el cual se oficializó el Reglamento de la Ley Nº31595,
que promueve la descontaminación ambiental.
El reglamento establece que las
empresas concesionarias y proveedores de servicios de infraestructura de
telecomunicaciones y de electricidad están obligadas a cumplir con esa
disposición, cuyo objetivo es reducir esta problemática, garantizar la seguridad
de la población y el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para
su desarrollo.
Para ello, deberán presentar en
un plazo máximo de 3 meses, ante la Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA) de
cada sector, el Plan de Acción que indique los distritos y el cronograma de
fechas de ejecución del retiro del cableado aéreo en desuso o mal estado.
RETIRO Y REPORTE
En ese documento también se incluirá
los procedimientos de trabajo y las acciones de mitigación o contingencia ante
eventualidades que pudieran generarse. Además, deberán presentar, previamente,
ante la municipalidad distrital y provincial, según corresponda, el plan de
calles para viabilizar ello.
Posterior a la presentación del
Plan de Calles, las empresas procederán con el retiro el cableado en desuso o
mal estado de su titularidad, sin necesidad de la emisión de una autorización o
acto administrativo por parte de la municipalidad distrital y provincial.
Asimismo, a partir de los 6 meses
de la vigencia del reglamento, las empresas presentarán ante la EFA los
informes de retiro del cableado aéreo a nivel distrital, los cuales deberán ser
presentados de forma trimestral.
Tras ello, deberán realizar las
acciones necesarias para garantizar que el área intervenida, de haber sido
afectada, sea debidamente recuperada, incluyendo las labores de limpieza
pública.
COMPROMISO AMBIENTAL
El ministro de Transportes y
Comunicaciones, Raúl Pérez Reyes, manifestó que como parte del compromiso que
tiene el sector con la gestión ambiental, la seguridad y mejora de la calidad
de vida de las personas, su sector lideró la elaboración de este reglamento,
que la población aguardaba.
“Por ello, articulamos con todas
las partes involucradas, los ministerios de Energía y Minas, y del Ambiente,
así como con otros actores, para tener un documento técnico y viable en
beneficio de la ciudadanía”, señaló.
Como se recuerda, el Reglamento
es un texto concordado con todos los sectores involucrados en la ejecución:
Ministerio del Ambiente, Ministerio de Energía y Minas y MTC. (Andina)
* VER DECRETO SUPREMO: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2269319-1

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