CAÑETE: PODER JUDICIAL IMPLEMENTÓ SISTEMA DE ORALIDAD EN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
* Moderno sistema de oralidad en
los procesos civiles ya se aplica en 31 distritos judiciales del país.
Un Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral (MCCLO) empezó a funcionar desde el lunes 15 de abril, en la Corte Superior de Cañete, convirtiéndose en el Distrito Judicial 31, que cuenta con este sistema de oralidad, lo cual permitirá la reducción de la duración en el trámite de los procesos civiles hasta dictarse sentencia.
“Hoy se inicia una nueva etapa
para los despachos civiles en la corte de Cañete. Ello no habría sido posible
sin el esfuerzo, compromiso y perseverancia de su presidente, jueces y juezas;
y todo el personal del área civil. Expresarle mis felicitaciones por haber
hecho realidad la implementación de este proyecto enfocado en brindar un mejor
servicio de justicia”, afirmó el presidente del Equipo Técnico Institucional de
Implementación de la Oralidad Civil del Poder Judicial, el juez supremo Ramiro
Bustamante Zegarra.
El magistrado destacó el esfuerzo
y compromiso de los jueces y del personal del área civil para hacer realidad la
implementación del sistema de oralidad en el distrito judicial en mención.
Bustamante Zegarra exhortó,
asimismo, a los magistrados y trabajadores a no decaer ante posibles
adversidades que se pudieran presentar en esta nueva etapa, pues siempre –dijo–
deben actuar pensando en los ciudadanos y ciudadanas que esperan alcanzar la
justicia.
En tanto, el presidente de la
Corte Superior de Justicia de Cañete, Manuel Paredes Dávila, manifestó que “la
implementación de la oralidad civil es un hecho histórico” para su
jurisdicción. “Nos ponemos a tono con la modernidad y con el uso de la
tecnología”, resaltó.
En la ceremonia participaron
integrantes del ETII Oralidad Civil, jueces superiores, personal jurisdiccional
y administrativo. Además, como invitados, asistieron autoridades políticas,
civiles y policiales de Cañete y Yauyos.
El inicio de funciones del MCCLO
de la CSJ de Cañete se aprobó mediante la Resolución Administrativa
000082-2024-CE-PJ, con acción en tres órganos jurisdiccionales: Sala Civil, 1.°
Juzgado Civil y 2.° Juzgado Civil de la corte en mención. (Andina)


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