CONTRALORÍA: NUEVA REGULACIÓN PARA OBRAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA ENTRA EN VIGENCIA DESDE EL 1 DE JUNIO
• Directiva aprobada por la
Contraloría General procura una ejecución efectiva y transparente de las obras
públicas.
• Entidades del gobierno
nacional, y en especial los gobiernos regionales y municipalidades provinciales
y distritales deben prever su aplicación.
A partir del 1 de junio de 2024
entra en vigencia la nueva regulación aprobada por la Contraloría General para
la ejecución de Obras por Administración Directa, que procurará una ejecución
efectiva y transparente de las obras públicas y que será de obligatoria
atención por parte de autoridades y funcionarios de las entidades sujetas a
control gubernamental.
La Contraloría General oficializó
la fecha de vigencia de la Directiva N° 017-2023-CG/GMPL que regula la
“Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa”, mediante la
Resolución de Contraloría N° 183-2024-CG publicada el último 27 de marzo en el
diario oficial El Peruano.
BENEFICIOS
La entrada en vigencia de la
nueva directiva permitirá que la ejecución de obras por administración directa
se realice de manera célere y transparente, procurando las mejores condiciones
de calidad, costo, oportunidad, y en el marco de un adecuado control.
Para la fase de preparación de
las obras, se emiten disposiciones a fin de que las entidades cautelen el
aprovisionamiento necesario de bienes, servicios y personal, previo al inicio y
ejecución física. Respecto a la calidad, se requerirá que la obra cuente con un
expediente técnico adecuado a la metodología BIM, así como la aplicación de
liquidaciones parciales. Para mayor transparencia, se implementará el uso del
cuaderno de obra digital y apertura a la participación y vigilancia ciudadana.
Otros beneficios del nuevo marco
normativo están relacionados con los requisitos para el perfil del personal
clave, disposiciones para la aprobación de modificaciones significativas y no
significativas, y para el correcto dimensionamiento del expediente técnico,
evitando los sobrecostos de obra. Y en adición a lo antes señalado, cabe
precisar que, se están señalando disposiciones para la implementación y
funcionamiento de la oficina de obras por administración directa.
ALCANCE
El alcance de la nueva medida
será de ejecución obligatoria para todos los pliegos del gobierno nacional,
regional, y local, así como todas las entidades de tratamiento empresarial o
empresas públicas bajo el ámbito del FONAFE y del Sistema Nacional de Control.
Para conocer más sobre la nueva
regulación, ingresar al siguiente enlace:
https://www.gob.pe/institucion/contraloria/normas-legales/4984570-017-2023-cg-gmpl

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