ONPE: SE EXPIDIERON 787 KITS DE REVOCATORIA CON MIRAS A CONSULTA POPULAR DEL 2025
* El 26 de setiembre del 2024
vencerá el plazo para adquirir dichos formatos.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) expidió, hasta el 4 de setiembre del 2024, un total de 787 kits de revocatoria, con miras a la consulta popular de revocatoria fijada para el 8 de junio del 2025.
Del total de kits adquiridos
desde el 3 de junio, 37 son de ámbito regional; 103, provincial; y 647,
distrital.
La lista en detalle de todas las
adquisiciones del kit electoral de revocatoria está publicada en el sitio web
del organismo electoral a través del siguiente enlace https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6875602/5669307-revocatoria-autoridades2025.pdf?v=1725633579.
En el citado portal institucional
se puede conocer el nombre de las autoridades comprendidas en las solicitudes,
la región, la provincia y el distrito al que pertenecen; así como los datos del
promotor y la respectiva resolución que declara procedente la solicitud.
En el caso específico de Lima,
las solicitudes de kit aceptadas están dirigidas contra el alcalde provincial y
autoridades municipales de 25 distritos capitalinos.
Es el caso de Ancón, Ate,
Carabayllo, Chorrillos, Independencia, La Molina, La Victoria, Lince, Los
Olivos, Lurigancho, Lurín y Miraflores. También Pachacámac, Pucusana, Pueblo
Libre, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, San Isidro, San Juan de Lurigancho,
San Martín de Porres, Santa Anita, Surquillo, Villa El Salvador y Villa María
del Triunfo.
A nivel de los gobiernos
regionales, los kits adquiridos pretenden la revocatoria de autoridades en
Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Callao, Cusco, Huancavelica,
Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Pasco, Piura y Puno.
Según el cronograma electoral
aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el próximo 26 de setiembre
será la fecha límite para la adquisición de los kits de revocatoria en la ONPE.
La ONPE ha precisado que las
listas con las firmas de los adherentes recolectadas por diversos promotores
para una misma circunscripción no podrán ser agrupadas, debido a que cada una
de estas posee un código único, dado que el trámite es independiente.
Asimismo, a la fecha, el sitio
web de la ONPE solo registra tres casos en los cuales los promotores
desistieron de su propósito. Esto se dio en los distritos de Chilca (Cañete,
Lima), El Tambo (Huancayo, Junín) y Colcha (Paruro, Cusco).
REVISIÓN DE FIRMAS
Una vez que los promotores de una
revocatoria reciben el kit electoral deben recolectar las firmas del 25 % de
los ciudadanos que se encuentran en el padrón electoral de la circunscripción
de la autoridad que se pretender revocar.
Luego deberá solicitar al
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) la verificación de
las firmas recolectadas. El plazo para hacerlo vencerá el 11 de octubre del
2024.
Un vez que el Reniec verifique
las firmas, el promotor deberá presentar una solicitud de revocatoria ante la
mesa de partes (presencial o virtual) de la ONPE y se tiene como fecha límite
para la entrega el 21 de noviembre del 2024.
Al hacerlo deberá adjuntar la
constancia del proceso de verificación de firmas de adherentes y el acta de las
etapas de verificación automática y semiautomática emitidas por el Reniec.
La ONPE resolverá las solicitudes
de revocatoria presentadas en un plazo no mayor de 30 días calendario. En caso
de ser denegada, procede recurso de apelación ante el Jurado Nacional de
Elecciones (JNE), el cual resuelve dicho recurso en un plazo no mayor de 15
días calendario. No procede recurso alguno contra dicha resolución.
Si la solicitud cumple con los
requisitos establecidos, el JNE convocará a una Consulta Popular de Revocatoria
solo si las solicitudes fueron admitidas por la ONPE. Según el cronograma
aprobado para este proceso, la consulta se realizará el 8 de junio del 2025.
(Andina)


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