LIMA PROVINCIAS: PROVEEDOR IMPEDIDO DE CONTRATAR CON EL ESTADO RECIBE 30 MIL SOLES EN PAGOS DEL GORE LIMA
* Contraloría detecta que locador
de servicios era hermano de un consejero regional.
La Contraloría General constató
que, durante el año 2023, la Dirección Regional de Formalización de Ia
Propiedad Rural (DIREFOR) del Gobierno Regional de Lima empleó a un proveedor
con impedimento para contratar con el Estado bajo la modalidad de locación de
servicios. Estas contrataciones, que se realizaron por montos iguales o
inferiores a ocho UIT, sumaron un total de 30 mil soles.
En el Informe de Control
Específico N° 021-2024-2-5344-SCE se reveló que el locador de servicios (José
Ricardo Uribe Torres) habría faltado a la verdad al suscribir la Declaración
Jurada de no estar impedido para contratar con el Estado, a pesar de que
mantenía un vínculo en segundo grado de consanguinidad (hermano) con el
consejero regional de la provincia de Huaura (Víctor Arturo Uribe Torres).
Cabe precisar que, según la Ley
de Contrataciones del Estado, las contrataciones, cuyo monto sea igual o
inferior a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias vigentes al momento de la
transacción, se encuentran fuera del ámbito de aplicación de la normativa de
contrataciones.
No obstante, el artículo 11 de
dicha ley dispone que, cualquiera sea el régimen legal de contratación
aplicable, están impedidos de participar como postores, contratistas y/o
subcontratistas el cónyuge, conviviente o los parientes hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad de los gobernadores, vicegobernadores y consejeros de
los Gobiernos Regionales.
Este impedimento se aplica en el
ámbito de competencia territorial mientras estas personas ocupan el cargo y se
extiende hasta doce (12) meses después de la finalización de su mandato.
En los términos de referencia
elaborados por la DIREFOR para la contratación de servicios, se identificó que
el requisito de capacitaciones estipulado en el "Perfil del locador del
servicio" coincide de manera exacta con la descripción de "Participación
en cursos y capacitaciones" registrada en la hoja de vida del proveedor.
También se realizaron
observaciones a los informes de actividades del locador de servicios, donde se
detalla que brindó atención técnica legal a los usuarios respecto del inicio de
trámites, estado de expedientes y asesorías sobre la aplicación de la nueva
normativa establecida por la Ley N°31145, Ley de Saneamiento Físico-Legal y
Formalización de Predios Rurales.
No obstante, se constató que el
locador carecía de formación profesional en el área de atención técnica legal y
asesoría para la aplicación de dicha ley, ya que su formación académica
correspondía a artes visuales.
Además, se observó no se adjuntó
el "acta de conformidad de servicios" que debía emitirse a través del
SIGA. A pesar de esta irregularidad, la DIREFOR aprobó la prestación del
servicio y, posteriormente, la oficina de tesorería emitió los comprobantes de
pago por un total de 30 mil soles a favor del locador de servicios.
La Contraloría recomendó al
Gobierno Regional de Lima Provincias que tome las medidas necesarias para que
el órgano competente efectúe el deslinde de las responsabilidades que
correspondan. (Contraloría General de la República)

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