CONGRESO APRUEBA POR INSISTENCIA LEY QUE RESTITUYE LA DETENCIÓN PRELIMINAR EN CASOS DE NO FLAGRANCIA
* Con 86 votos a favor, 6 en contra
y 0 abstenciones, el Congreso aprobó la ley que permite a los fiscales
solicitad al Poder Judicial la detención preliminar de personas investigadas
por algún delito.
El Congreso aprobó por insistencia la ley que restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia con 86 votos a favor, 6 en contra y cero abstenciones. Al tratarse de un dictamen de insistencia no se requiere de segunda votación, precisó el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana.
Fue parte de la bancada de Perú
Libre quienes intentaron frenar la restitución. Se opusieron: María Agüero,
Waldemar Cerrón, Flavio Cruz, Isaac Mita, Segundo Montalvo y Kelly Portalatino.
FLAVIO CRUZ INTENTÓ PROLONGAR LA
VOTACIÓN DE LA LEY
El argumento del partido fundado
por Vladimir Cerrón fue que, en algunas ocasiones, se captura a personas que no
están vinculadas con ningún delito. “Creo que la rectificación tiene que pasar
por una buena rectificación, porque no es posible que todos los delitos del
Código Penal sean objeto de que luego se aplique la detención preliminar”,
expuso el vocero del partido, Flavio Cruz.
Para ello, planteó ir a un cuarto
intermedio y, de esa forma, tener más tiempo para delimitar “qué conductas sí,
qué conductas no, qué delitos sí, qué delitos no (son comprendidos en la ley)”,
sin embargo, su propuesta no fue aceptada por el presidente de la Comisión de
Justicia y Derechos Humanos, Mita Alanoca.
Respecto a los fundamentos de
quienes votaron a favor, la parlamentaria Maricarmen Alva, no agrupada, rechazó
que el Poder Ejecutivo haya observado la autógrafa de ley el último día para
hacerlo. “Cuando ya no podíamos convocar a un Pleno. Esto debe de aprobarse y
restituirse porque tanto el Poder Judicial como la Fiscalía no pueden hacer su
trabajo como se debe”, anotó.
Por su parte, la congresista Ruth
Luque resaltó la necesidad de que la norma sea aprobada y, de esa forma,
combatir la inseguridad ciudadana que aqueja al país. Por ello, exigió que la
votación se dé y pidió no tomar en cuenta el cuarto intermedio solicitado por
Flavio Cruz.
¿QUÉ DICE LA LEY DE LA DETENCIÓN
PRELIMINAR?
El Congreso cedió ante la presión
de la opinión pública y aprobó por insistencia el proyecto de ley 9733 que
restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia. En ese sentido, el
fiscal podrá solicitar al juez aplicar esta medida contra algún investigado y
que el delito sea sancionado con una pena privativa de la libertad mayor a los
cuatro años.
La norma modifica el literal a)
del numeral 1 del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto
Legislativo 957.
"El juez de la investigación
preparatoria, a requerimiento del fiscal, emite una resolución debidamente
motivada, teniendo a la vista las actuaciones remitidas por aquel, y dicta
mandate de detención preliminar cuando: a) No se presente un supuesto de
flagrancia delictiva, pero existan elementos razonables para considerar que una
persona ha cometido un delito sancionado con pena privativa de libertad
superior a cuatro años y, por las circunstancias del caso, se presenten
indicios razonables de posibilidad de fuga u obstaculización de la averiguación
de la verdad. b) El sorprendido en flagrante delito logre evitar su detención.
c) El detenido se fugare de un centro de detención preliminar", se lee en
el documento. (La República/Josué Chávez Cardoza)
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