CAÑETE: JNE OFICIALIZA VACANCIA DE REGIDORA ADRIANA BORDA VICENTE Y CONVOCA A ACCESITARIO
· * Abiud Palomino Martínez, asumirá el cargo de
regidor del Concejo Provincial de Cañete
El Jurado Nacional de Elecciones mediante Resolución N° 0538-2025-JNE fechado el 15 de octubre del año en curso, dejó sin efecto la credencial otorgada a doña Adriana del Rosario Borda Vicente, como regidora del Concejo Provincial de Cañete, departamento de Lima, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
Al mismo tiempo convoca a don
Abiud Palomino Martínez, para que asuma el cargo de regidor del Concejo
Provincial de Cañete, departamento de Lima, a fin de completar el período de
gobierno municipal 2023-2026; para lo cual se le otorgará la credencial que lo
faculte como tal.
Esto como consecuencia de declarar
FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Julio César Robles Castillo,
en consecuencia, REVOCAR el Acuerdo de Concejo N.º 002-2025-MPC, del 16 de
enero de 2025, que declaró infundada la solicitud de vacancia; y, REFORMÁNDOLO,
declarar FUNDADA la solicitud de vacancia presentada contra doña Adriana del
Rosario Borda Vicente, regidora del Concejo Provincial de Cañete, por la causal
de restricciones de contratación, prevista en el numeral 9 del artículo 22,
concordante con el artículo 63, de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades.
CUESTIONAMIENTO
La señora regidora
–aprovechándose de su cargo y poniéndose en ventaja– dispuso la contratación de su familiar, doña Desirée Dánae Escate Narváez (en adelante, doña Desirée Escate), a través de cinco órdenes de servicio en el 2023, que le permitió percibir por parte de la Municipalidad Provincial de
Cañete la suma de S/ 7 500.00.
Cabe señalar que, doña Desirée
Escate obtuvo su Registro Único de Contribuyentes (RUC) el 7 de febrero de 2023 y, a los pocos días, fue
contratada con su primera orden de servicio por la Municipalidad Provincial de Cañete, siendo la única entidad del Estado en la que fue proveedora en el 2023 y en el 2024 no fue proveedora en ninguna entidad, lo que evidencia el acuerdo entre la señora regidora y doña Desirée Escate.
En la declaración jurada de
intereses de la señora regidora ante la Contraloría General de la República se
consignó que su padre es don José Edilberto Borda Escate, quien es hijo de doña
Rosa Escate Ramos, hermana de don Gerardo Escate Ramos; por ello, don José
Edilberto Borda Escate viene a ser sobrino de Gerardo Escate Ramos, quien, a su
vez, es padre de doña Desirée Escate.
En consecuencia, el padre de la
señora regidora y la proveedora de servicios en cuestión son primos hermanos,
es decir, tienen parentesco en cuarto grado de consanguinidad.
A pesar de que entre ellas no
exista un parentesco por consanguinidad en cuarto grado, se sabe que son
familiares por línea paterna, existiendo un vínculo muy estrecho entre ambas. (LÍNEA
DIRECTA/Elarquim)
* VER RESOLUCIÓN ÍNTEGRA DEL JNE:
https://drive.google.com/file/d/1zYyDeCPvIxRqW217I6E2dSQtqGtYeBCv/view?usp=sharing


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