ELECCIONES 2026: PLENO DEL JNE DECLARA NULAS LAS ELECCIONES PRIMARIAS DE ACCIÓN POPULAR
* Precisa que no es posible
convocar a nuevos comicios primarios en dicha organización política.
El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), ente rector del sistema electoral, resolvió declarar nulas las elecciones primarias efectuadas por la organización política Acción Popular (AP) a fin de definir a sus candidatos para las Elecciones Generales 2026, por presentar vicios sustanciales que vulneran los principios de democracia interna y el debido proceso.
La decisión la adoptó mediante
Resolución 0745-2025-JNE, en la que se señala que se ha advertido que no existe
coincidencia entre la relación de delegados declarados ganadores por el Comité
Nacional Electoral (CNE) de la AP y la lista de material electoral elaborada
por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en las elecciones
primarias del pasado 30 de noviembre en las circunscripciones de Áncash,
Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Lima Norte, Lima Centro, Lima Oeste, Lima
Provincias, Loreto, Piura, Tacna y Ucayali.
Se precisa que en las seis mesas
de sufragio se incluyó a ciudadanos que no fueron elegidos en el proceso
interno. “Esta situación evidencia que el 100 % de las mesas presentaron un
vicio sustancial relacionado con la conformación del cuerpo electoral, afectando
la legitimidad y regularidad del proceso de democracia interna de la OP”, se
remarca.
DEMOCRACIA INTERNA
El pleno del JNE afirma que debe
tomarse en cuenta que la “democracia interna constituye un principio
fundacional del sistema de toda organización política, toda vez que garantiza
que los procesos de selección de candidaturas se desarrollen bajo reglas objetivas,
transparentes y participativas”. Este principio exige que las organizaciones
políticas observen los principios constitucionales, normativos, así como los
procedimientos establecidos en sus normas internas.
Por ello, indica que resultaría
incompatible con el deber constitucional del supremo tribunal electoral de
administrar justicia en materia electoral omitir un pronunciamiento sobre las
impugnaciones y pedidos de nulidad presentados por diversos afiliados de AP,
pues la administración de justicia electoral comprende, entre otros, fiscalizar
la legalidad del ejercicio del sufragio y la legalidad de la realización de los
procesos electorales.
Se precisa, además, que el
sistema electoral —JNE, ONPE y Reniec—, debe asegurar que las votaciones
traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos, y que
los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada
en las urnas por votación directa.
EN RIESGO
En la resolución, el pleno del
JNE también señala que, si bien con este pronunciamiento se declara la nulidad
de las elecciones primarias de AP, no resulta posible retrotraer dicho proceso
electoral y convocar a nuevas elecciones primarias, puesto que se estaría
quebrando el hito del 7 de diciembre de 2025 (elecciones por delegados), y se
pondría en riesgo el hito del 15 de diciembre referido a la proclamación de los
resultados de las elecciones primarias.
Afirma que, de convocarse a nuevas elecciones primarias en la organización política, se quebrantará el calendario de las Elecciones Generales 2026 que cuenta con plazos perentorios y preclusivos.
En voto en minoría, los
magistrados Martha Elizabeth Maisch Molina y Aarón Oyarce Yuzzelli señalan que,
con relación al incumplimiento de algún requisito legal o estatutario por parte
de la organización política durante el desarrollo de sus elecciones primarias,
dicho control deberá ser efectuado durante la etapa de inscripción de listas de
candidatos. (ANDINA)
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