CAÑETE: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COAYLLO GENERÓ PERJUICIO DE CASI S/ 500 MIL POR DEFICIENTE COBRANZA DE SERVICIO ELÉCTRICO
- Se identificó presunta
responsabilidad penal y/o administrativa en siete funcionarios ediles.
La Contraloría General de la República - CGR detectó pérdidas económicas por S/ 478,354 en la Municipalidad Distrital de Coayllo, en la provincia de Cañete, debido a que funcionarios ediles efectuaron una facturación inadecuada y una deficiente cobranza por el servicio de energía eléctrica y alumbrado público que administra la entidad, entre enero de 2024 y julio de 2025.
Ante la falta de pago de los
usuarios por el servicio, la municipalidad usó indebidamente S/ 464 006 para
pagar a la empresa de distribución eléctrica por el consumo, pese a que dichos
recursos estaban destinados a otros fines. Además, asumió el pago de intereses
compensatorios y moratorios por S/ 14 348 debido al retraso en los pagos.
En el Informe de Auditoría de
Cumplimiento N° 25672-2025-CG/GRLP-AC se precisa que la deficiente cobranza de
la comuna edil por el servicio de energía eléctrica y alumbrado público, generó
una morosidad de S/ 537 824 por parte de los usuarios del distrito de Coayllo,
afectando la oportuna recaudación y favoreciendo a las personas con deudas
mayores a seis meses sin realizar el corte de energía eléctrica.
La comisión de control evidenció
que los montos por cobrar corresponden a 529 usuarios con deudas que van desde
los S/ 75 hasta los S/ 125 794. Incluso, la propia Municipalidad de Coayllo no
ha pagado el servicio de luz en el periodo mencionado, por lo que adeuda montos
altos.
Asimismo, se advirtió que la
facturación del servicio no está sistematizada, ni cuenta con respaldo, ni base
de datos de la totalidad de los períodos facturados. Los recibos emitidos por
la municipalidad no tienen número correlativo, número de suministro, ni consumo
histórico, además, el precio unitario por energía eléctrica es variado, existen
deficiencias en la lectura de los consumos y un retraso de tres o cuatro meses
para notificar al usuario de sus recibos.
Cabe precisar que la empresa de
distribución eléctrica suministra dicha energía a la municipalidad para que
esta la distribuya a la comunidad de Coayllo y sus siete anexos. De acuerdo al
contrato, la comuna edil tiene la plena responsabilidad de la administración,
operatividad, mantenimiento del servicio y el equipamiento.
La comisión auditora también
evidenció que la infraestructura de la red de distribución eléctrica incumple
con las condiciones técnicas al presentar 138 riesgos de seguridad que ponen en
peligro la vida e integridad de la comunidad, de los cuales 108 fueron
alertados por Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería
(OSINERMING) a la municipalidad en junio de 2024, sin embargo, al 31 de julio
de 2025 no han sido subsanados. El 5 de noviembre último la comisión de control
detectó 30 nuevos riesgos y tampoco se evidenció que la comuna realice labores
de mantenimiento preventivo.
Durante una visita de campo de
los auditores realizado del 3 al 5 de noviembre de 2025, beneficiarios del
servicio de luz expresaron su malestar por los frecuentes cortes del servicio,
deficiente comunicación de los cortes a los usuarios, así como fluctuaciones de
la energía cuando retoma el servicio, lo que afecta sus artefactos eléctricos y
alimentos.
Asimismo, se advirtió que la
municipalidad administra el servicio de energía eléctrica y alumbrado público
sin cumplir los requisitos legales al distribuir una demanda de energía
superior a 500 kilovatios, pese a no contar con la concesión definitiva emitida
por el Ministerio de Energía y Minas.
Los resultados del informe de
control fueron notificados a la Procuraduría Especializada de Delitos de
Corrupción para que inicie las acciones penales contra los siete involucrados
en el caso, así como a la titular del Municipio Distrital de Coayllo, a fin que
disponga el inicio de las acciones para el deslinde de las responsabilidades
administrativas, y se remitió una copia al Consejo Municipal del distrito para
conocimiento. (LÍNEA DIRECTA/Elarquim)

Comentarios
Publicar un comentario