CAÑETE: REGIDORA DE CHILCA DEJA EN CLARO QUE MUNICIPALIDAD DEBE COBRAR IMPUESTOS DE LEY POR PRESENTACIONES ARTÍSTICAS DEL “FESTIVAL DEL HIGO” AL EXISTIR COBRO O CONDICIÓN PARA EL INGRESO.
* Jessenia Francesca La Rosa Rivera
ha solicitado información de toda documentación relacionada a dichos espectáculos.
La regidora de la Municipalidad Distrital de Chilca Jessenia Francesca La Rosa Rivera, el pasado 05 de febrero del año en curso, ha requerido de manera formal al alcalde Félix Choquehuanca Quezada, cumpliendo su labor fiscalizadora, toda la información necesaria de las presentaciones artísticas anunciadas con motivo del 37° Edición del Festival Internacional del Higo que se realizarán del 19 al 25 de febrero de 2026.
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El ingreso a los eventos artísticos no es
GRATIS, porque se pone como condición la COMPRA DE UNA BEBIDA, por lo tanto toda
persona que pretender asistir a dichas presentaciones, TIENE QUE PAGAR, sino no
lo podrá hacer.
“De la revisión de la publicidad y de una
verificación preliminar, se advierte que para ingresar al evento se EXIGE COMO
CONDICIÓN OBLIGATORIA la compra de una cerveza, así como el pago de entradas
diferenciadas para zonas VIP” señala la regidora chilcana, situación que ha
sido CONFIRMADA en la propia conferencia de prensa de la festividad realizada
horas atrás.
Reafirma la autoridad edil, en el
documento cursado al propio alcalde Félix Choquehuanca, que “la exigencia de
comprar una cerveza como condición de ingreso, así como el cobro por zonas VIP,
constituyen pagos por el derecho de ingreso al espectáculo, por lo que se
encuentran sujetos al pago del Impuesto a los Espectáculos Públicos No
Deportivos, correspondiéndole COBRAR a la Municipalidad el 10% por cada
entrada; y que si el cobro incluye alimentos, bebidas u otros servicios, la
base imponible no podrá ser menor al 50% del valor total cobrado.
“El Tribunal Fiscal, mediante Resolución
N° 06537-5-2003, ha establecido como precedente de observancia obligatoria que
las presentaciones musicales en vivo, constituyen espectáculos públicos
gravados con el Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, criterio
que resulta aplicable a los conciertos anunciados en el marco del Festival
Internacional del Higo, en los que se publicita la participación de diversas
agrupaciones musicales” indica.
REQUIERE INFORMACIÓN COMO PARTE DE LABOR
FISCALIZADORA
Jessenia Francesca La Rosa Rivera ha
solicitado la siguiente información:
1.- Acuerdo de Concejo y acto
administrativo válido que autorice el uso del bien inmueble municipal (Estadio)
precisando modalidad, condiciones y obligaciones asumidas por la promotora.
2.- Copia del contrato, convenio o
documento que sustente dicha autorización.
3.- Si se ha establecido contraprestación
económica o beneficio a favor de la Municipalidad detallando montos, conceptos
y forma de pago.
4.- Cumplimiento del Impuesto a los
Espectáculos Públicos No Deportivos, así como las acciones efectuadas por la
administración tributaria municipal.
5.- Precisar si el evento cuenta con
autorizaciones municipales correspondientes: licencias, condiciones de
seguridad, certificado de Defensa Civil, aforo autorizado, horario y demás
requisitos legales.
6.- Identificar al funcionario responsable
que autorizó o viene tramitando el evento.
Finaliza la regidora indicando que dicho
requerimiento se formula con carácter preventivo con el fin de verificar el
cumplimiento del marco legal, evitar la consolidación de actos que pudieran
generar perjuicio económico a la Municipalidad y prevenir eventuales responsabilidades
administrativas, civiles o legales; por lo cual las áreas competentes deberán
brindar la información veraz, completa y oportuna. 8LÍNEA DIRECTA/Elarquim)



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