ABANDONAR O MALTRATAR A UN ANIMAL DOMÉSTICO SE CASTIGA HASTA CON 3 AÑOS DE PRISIÓN
* Pena está comprendida en la Ley
N° 30407.
A propósito de la detención de un médico que abandonó a ocho perritos en una veterinaria de Surco, vale la pena recordar que el Poder Judicial ha resaltado la relevancia de la Ley de Protección Animal, publicada en enero del 2016, como herramienta fundamental para garantizar el bienestar y la protección de todas las especies de animales vertebrados, tanto domésticos como silvestres, mantenidos en cautiverio.
La Ley Nº 30407 o Ley de
Protección y Bienestar Animal se enmarca en medidas de protección de la vida y
la salud pública, buscando prevenir el maltrato y la crueldad animal
ocasionados por acciones humanas, que resultan en sufrimiento innecesario,
lesiones o incluso la muerte.
La ley también tiene como
objetivo fomentar el respeto a la vida y el bienestar de los animales por medio
de la educación, así como velar por su bienestar para prevenir accidentes y
enfermedades transmisibles al ser humano.
Asimismo, el Poder Judicial
recuerda que, según el artículo 206-A del Código Penal, esta conducta es delito
y se castiga hasta con cinco años de cárcel, de acuerdo con la gravedad de los
hechos.
PROHIBICIONES GENERALES
Entre las disposiciones
establecidas por la ley Nº 30407 se prohíbe de manera categórica el abandono de
animales en la vía pública, ya que esto no solo constituye un acto de maltrato,
sino también una situación de riesgo para la salud pública.
Además, se prohíbe el uso de
animales en espectáculos de entretenimiento público o privado que los obliguen
a realizar actividades incompatibles con su comportamiento natural.
La normativa también aborda la
tenencia, caza, captura, crianza, compra y venta de especies animales,
estableciendo restricciones específicas para aquellas que no son definidas como
animales de granja. Se permite la tenencia de especies silvestres criadas en
zoocriaderos o provenientes de áreas de manejo autorizadas.
SANCIONES
En términos de sanciones, la ley
establece que los que cometan actos de crueldad contra animales domésticos o
silvestres, así como el abandono de estos, pueden enfrentar penas privativas de
libertad de hasta tres años.
En caso de que la crueldad o el
abandono resulten en la muerte del animal, las penas pueden extenderse hasta
cinco años de prisión. (ANDINA)
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