CAÑETE: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL NO TRANSFIERE DINERO A CONTRALORÍA PARA QUE SE AUDITE GESTIÓN DE “TONY” ALCÁNTARA.
* Funcionarios se olvidaron o
se hacen “los locos” para cumplir con la
Ley.
La Municipalidad Provincial de Cañete que representa José Alcántara Malásquez (a) TONY, no cumplió con realizar la transferencia financiera requerida por la Contraloría General de la República para la selección de la sociedad de auditoria - SOA, que auditará los estados financieros 2025-2027, generando el riesgo de no ser incluida en el concurso público de méritos y con ello afectar el informe de auditoría a la cuenta general de la república e igualmente limitar la transparencia de su gestión financiera.
Mediante la Ley N° 30742, Ley de
Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema
Nacional de Control, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de marzo
de 2018, se modificó el artículo 20° de la Ley n.° 27785, Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República,
disponiéndose que las Sociedades de Auditoría son designadas previo concurso
público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República
para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad
de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los
recursos asignados a las mismas.
En ese orden de ideas, mediante
Memorando Circular N° 000019-2026-CGNCG, de 20 de enero de 2026, la
Vicecontraloría de Control Gubernamental puso de conocimiento, que de las 528 entidades
consideradas como componentes significativos para la Auditoría a la Cuenta
General de la República del periodo 2025, 303 no habrían transferido recursos
para la contratación de una SOA, dentro de las cuales se encuentra la
Municipalidad Provincial de Cañete.
La Contraloría ha puesto de
conocimiento al alcalde “Tony” Alcántara el Informe N° 008-2026-OCI/0430-SOO fechado el 27 de febrero del año en curso, sobre
esta irregularidad, con la finalidad que se adopten las acciones preventivas y
correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones en
la gestión institucional, con el objeto de asegurar la continuidad del proceso,
el resultado o el logro de los objetivos propuestos.
¿Qué pasó? ¿Se les pasó a los “eficientes”
funcionarios del alcalde? ¿No quiere la autoridad edil que se audite su
gestión?. Se espera que a esta altura,
ya debe haberse corregido esta situación, sino el alcalde tendrá que asumir su
responsabilidad, como señala la norma. (LÍNEA DIRECTA/Elarquim)
* VER INFORME DE CONTRALORÍA:


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