CAÑETE: RED DE SALUD CHILCA-MALA PERMITE IRREGULAR MANEJO DE DINERO POR SERVICIOS QUE CENTRO DE SALUD DE SAN ANTONIO PERCIBE

* Contraloría deja en cuestionamiento trabajo de director Zenobio Gregorio Guerra Remuzgo y administradora Mirtha Fiama Machacuay Román.

Los ingresos recaudados por el Centro de Salud de San Antonio, órgano dependiente del Gobierno Regional de Lima, no viene siendo depositados dentro del plazo que establece la directiva de tesorería a la cuenta bancaria de la red de salud Chilca-Mala, lo que generaría el riesgo de uso indebido, pérdida o sustracción de recursos públicos.

Así lo indica la Contraloría General de la República en su informe de Control N° 003-2026-OCI/0637-SVC fechado el 27 de febrero del año en curso y notificado a Zenobio Gregorio Guerra Remuzgo, director ejecutivo de la Red de Salud Chilca-Mala.

Al respecto, , se tiene que, el procedimiento que se viene aplicando por la prestación de servicios y venta de medicamentos, es: recepción del dinero, emisión y entrega de documento (Recibo de caja), custodia del dinero y depósito a la cuenta de la Red de Salud Chilca-Mala. Dichos depósitos se vendrían realizando fuera de plazo, ya que el artículo 4 de la Directiva n.° 001-2007-EF/77.15 - Directiva de Tesorería, indica que los fondos recaudados, captados u obtenidos, deben ser depositados en las correspondientes cuentas bancarias en un plazo no mayor de 24 horas; situación que generaría el riesgo de pérdida, sustracción o uso indebido de los fondos recaudados, afectando la transparencia y custodia de los recursos públicos.

NO SE REALIZAN ARQUEOS SORPRESIVOS

La Contraloría General de la República agrega que la Re de Salud Chilca-Mala, no viene realizando arqueos sorpresivos y/o permanente al área de recaudación del Centro de Salud San Antonio, conforme lo establece la normativa aplicable, situación que podría generar el riesgo que los recursos públicos reportados no guarden relación con lo realmente recaudado.

Al respecto, la Jefa de la Oficina de administración de la Red de Salud Chilca Mala, Mirtha Fiama Machacuay Román, no mostró ni acreditó ningún documento de arqueos realizados anteriormente, ni conciliaciones bancarias, a fin de verificar la existencia física de los fondos, asegurar transparencia en la gestión de los recursos y detectar oportunamente posibles irregularidades o faltantes en el manejo del efectivo.

RECIBOS NO AUTORIZADOS

La Red de Salud Chilca-Mala viene emitiendo recibos no autorizados por la SUNAT, pese a ser emisor electrónico y contar con autorización de Impresión de comprobantes de pago físico; lo que podría afectar la legalidad y transparencia de las operaciones de recaudación.

“De la vista de efectuada por la supervisora de la comisión de control el 17 de febrero de 2026, habiendo empleado el "Acta de verificación al proceso de recaudación, custodia y depósito de ingresos en el Centro de Salud San Antonio de la Red de Salud Chilca Mala" en dicho acto se recopiló información, entre otros, los recibos de caja emitidos por el Centro de Salud San Antonio de la Red de Salud Chilca-Mala; de los cuales se ha evidenciado que se viene emitiendo únicamente "RECIBO DE CAJA" para servicio odontológico y otros servicios; es decir, cuenta con dos (2) talonarios de recibos de caja, el primero por servicio odontológico y el segundo por otros servicios (certificados, consulta, entre otros), que son brindados por la Red de Salud Chilca Mala” señala la Contraloría en su informe.

Al respecto, dichas captaciones de dinero, por la venta de medicamentos y los servicios, constituyen Recursos Directamente Recaudados (RDR) para la Red de Salud Chilca Mala, debiendo emitir comprobantes de pago; ya que, se ha identificado que la Red de Salud Chilca-Mala, según consulta del Registro Único de Contribuyente (RUC), tiene consignada autorización para la impresión de comprobantes de pago; además, de figurar como emisor electrónico desde el 6 de junio de 2022. (LÍNEA DIRECTA/Elarquim)

* VER INFORME COMPLETO: 

https://apps8.contraloria.gob.pe/SPIC/srvDownload/ViewPDF?CRES_CODIGO=2026CSI063700003&TIPOARCHIVO=ADJUNTO



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