INDECOPI ADVIERTE MULTAS DE HASTA S/2.4 MILLONES PARA COLEGIOS QUE IMPONGAN MARCAS DE ÚTILES O UNIFORMES
* El organismo regulador prohíbe
exigir compra de libros de una marca determinada.
El Indecopi ha lanzado una advertencia contundente a las instituciones educativas privadas. Los colegios tienen estrictamente prohibido obligar a los padres de familia a adquirir uniformes, materiales o útiles escolares en establecimientos específicos o bajo marcas determinadas. Aquellos centros que vulneren el Código de Protección y Defensa del Consumidor enfrentan sanciones severas que pueden alcanzar las 450 UIT, una cifra que hoy supera los 2.4 millones de soles.
PROHIBIDO DIRIGIR CVOMPRA DE
LIBROS DE MARCA ESPECÍFICA
Los colegios (públicos o
privados) tienen prohibido direccionar, obligar o exigir la compra de libros,
materiales o uniformes en librerías o marcas específicas. Los padres tienen
derecho a elegir dónde comprar y los colegios no pueden condicionar el servicio
educativo a la compra de estos materiales.
El direccionamiento o exigencia
de comprar libros en una editorial o librería específica por parte de
instituciones educativas está prohibido. Los centros pueden sugerir material,
pero no imponer el lugar de compra, permitiendo la adquisición en cualquier
punto de venta para garantizar la libre competencia y mejores precios para los
padres.
PUNTOS CLAVE SOBRE EL
DIRECCIONAMIENTO DE LIBROS ESCOLARES
LIBERTAD DE COMPRA: Se puede
sugerir un texto, pero la compra se puede realizar en cualquier lugar.
PROHIBICIÓN DE EXCLUSIVIDAD: No
se puede obligar a comprar en una librería o editorial determinada.
LIBROS DE SEGUNDA MANO: No se
puede exigir la compra de libros nuevos, fomentando el uso de materiales de
segunda mano o compartidos.
EXCEPCIÓN: Solo se permite exigir
cuadernos de trabajo (workbooks) de uso único.
SANCIONES: Los colegios que
incumplan estas normas pueden ser sancionados por entidades como Indecopi (en
Perú), a través del libro de reclamaciones.
Si el colegio impone un solo
punto de venta, está cometiendo una infracción a las normas de protección al
consumidor.
Prohibición legal: Está prohibido
que las instituciones educativas dirijan la compra de libros a un solo lugar,
lo cual constituye una infracción.
ACCIONES LEGALES: Ante la
imposición de adquirir libros en un sitio determinado, se pueden interponer
denuncias, ya que las instituciones deben respetar la libertad de compra.
ALTERNATIVAS DE COMPRA: Aunque
los libros sean seleccionados por el centro, los usuarios tienen derecho a
buscar la opción más económica o conveniente, ya que los libros se pueden
adquirir en diversas librerías o directamente con distribuidores.
SUGERENCIA VS. IMPOSICIÓN: Los
colegios pueden recomendar materiales de editoriales específicas, pero no
obligar a la compra en un único distribuidor.
RECOMENDACIONES
Si experimenta que un
establecimiento obliga a comprar en una editorial específica, se puede elevar
la queja a las autoridades educativas locales para solicitar una revisión de
estas prácticas. (LÍNEA DIRECTA/Elarquim)

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