GOBIERNO AMPLÍA REGLAS DE NEUTRALIDAD PARA ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2026
* Tras modificación del Decreto
Supremo N° 054-2025-PCM.
El Poder Ejecutivo amplió las disposiciones sobre neutralidad de funcionarios, directivos y servidores públicos durante el periodo electoral del 2026, incorporando ahora a las Elecciones Regionales y Municipales convocadas para el 4 de octubre de este año.
Mediante el Decreto Supremo N°
073-2026-PCM, publicado hoy por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM),
se precisa que las normas de neutralidad serán aplicables tanto para las
Elecciones Generales 2026 como para las Elecciones Regionales y Municipales
2026.
El cumplimiento será obligatorio
para los funcionarios, directivos y servidores públicos de todas las entidades
de la administración pública, independientemente de su régimen laboral o
contractual, incluyendo a las empresas públicas.
PROHIBICIONES
Entre las modificaciones
realizadas al decreto de origen, se incorpora una precisión respecto al uso de
recursos públicos. De acuerdo con la norma, los funcionarios y servidores
públicos tienen prohibido destinar recursos del Estado para difundir propuestas
de candidaturas en espacios públicos o actividades oficiales.
Se exceptúan las actividades
orientadas a promover el voto informado, así como la organización de debates o
foros donde las organizaciones políticas expongan sus planes de gobierno.
MOTIVO
La PCM señala que la modificación
responde a la vigente convocatoria de las Elecciones Regionales y Municipales
2026, así como a cambios en la normativa electoral aprobada por el JNE.
Asimismo, se reafirma que las
infracciones sobre neutralidad y las sanciones correspondientes se regirán por
las disposiciones del reglamento electoral emitido por dicho organismo
electoral.
La norma también dispone que las
tareas de orientación y gestión de riesgos para asegurar el cumplimiento del
deber de neutralidad serán asumidas por las unidades responsables en cada
entidad pública, en coordinación con la Secretaría de Integridad Pública de la
PCM. (ANDINA)
* VER NORMA: https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/VisorPDF
Comentarios
Publicar un comentario