ONPE MULTARÁ HASTA CON 100 UIT A ENTIDADES QUE SE NIEGUEN A CEDER LOCALES PARA LAS ELECCIONES

* Nuevo reglamento establece sanciones para instituciones públicas y privadas.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó el reglamento de la Ley N.° 32594, que establece multas de entre 50 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) para las instituciones educativas, universidades, municipalidades y demás entidades públicas o privadas que incumplan con ceder sus instalaciones para el funcionamiento de locales de votación durante los procesos electorales.

La medida quedó oficializada mediante la Resolución Jefatural N.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano. La norma desarrolla las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras derivadas de la modificación del artículo 65 de la Ley Orgánica de Elecciones, con el objetivo de garantizar la adecuada organización de los comicios.

El reglamento busca asegurar el correcto funcionamiento de las jornadas electorales, proteger el ejercicio del derecho al sufragio y garantizar que los ciudadanos cuenten con locales de votación accesibles, seguros e idóneos. Asimismo, promueve la cooperación entre las entidades públicas y privadas cuyos inmuebles sean designados por la autoridad electoral.

La norma comprende 61 artículos distribuidos en diez títulos y dos disposiciones complementarias finales. Entre otros aspectos, regula el procedimiento para la designación de locales de votación, las obligaciones de las instituciones seleccionadas, el procedimiento administrativo sancionador, las infracciones, las sanciones, los recursos administrativos y los mecanismos para ejecutar las multas.

El reglamento también establece el orden de prioridad que deberán seguir las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) al seleccionar los centros de votación. En primer lugar figuran las universidades, institutos e instituciones educativas, tanto públicas como privadas; luego las municipalidades y demás entidades públicas; posteriormente los edificios públicos que no pertenezcan a las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional o autoridades políticas; y finalmente otros locales que la ONPE considere adecuados.

Según el organismo electoral, las instituciones educativas constituyen la mejor alternativa para albergar mesas de sufragio debido a que cuentan con aulas, patios, explanadas y espacios amplios que permiten recibir a un importante número de electores. Además, la mayoría dispone de cercos perimétricos, servicios básicos y mecanismos de control de acceso que favorecen el desarrollo seguro de la jornada electoral.

La ONPE también resaltó que estos espacios facilitan el trabajo del personal electoral, así como de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional encargados de resguardar el material electoral y garantizar el orden durante el proceso de votación.

Antes de su aprobación definitiva, el proyecto de reglamento permaneció publicado en el portal institucional de la ONPE durante tres días calendario para recibir comentarios y aportes de la ciudadanía. Sin embargo, la entidad informó que no recibió observaciones dentro del plazo establecido, por lo que procedió a aprobar la versión final que entrará en vigencia para los próximos procesos electorales. (EXPRESO/ Fabrizio Morán)

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