ONPE MULTARÁ HASTA CON 100 UIT A ENTIDADES QUE SE NIEGUEN A CEDER LOCALES PARA LAS ELECCIONES
* Nuevo reglamento establece
sanciones para instituciones públicas y privadas.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó el reglamento de la Ley N.° 32594, que establece multas de entre 50 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) para las instituciones educativas, universidades, municipalidades y demás entidades públicas o privadas que incumplan con ceder sus instalaciones para el funcionamiento de locales de votación durante los procesos electorales.
La medida quedó oficializada
mediante la Resolución Jefatural N.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el
diario oficial El Peruano. La norma desarrolla las disposiciones
administrativas, operativas y sancionadoras derivadas de la modificación del
artículo 65 de la Ley Orgánica de Elecciones, con el objetivo de garantizar la
adecuada organización de los comicios.
El reglamento busca asegurar el
correcto funcionamiento de las jornadas electorales, proteger el ejercicio del
derecho al sufragio y garantizar que los ciudadanos cuenten con locales de
votación accesibles, seguros e idóneos. Asimismo, promueve la cooperación entre
las entidades públicas y privadas cuyos inmuebles sean designados por la
autoridad electoral.
La norma comprende 61 artículos
distribuidos en diez títulos y dos disposiciones complementarias finales. Entre
otros aspectos, regula el procedimiento para la designación de locales de
votación, las obligaciones de las instituciones seleccionadas, el procedimiento
administrativo sancionador, las infracciones, las sanciones, los recursos
administrativos y los mecanismos para ejecutar las multas.
El reglamento también establece
el orden de prioridad que deberán seguir las Oficinas Descentralizadas de
Procesos Electorales (ODPE) al seleccionar los centros de votación. En primer
lugar figuran las universidades, institutos e instituciones educativas, tanto
públicas como privadas; luego las municipalidades y demás entidades públicas;
posteriormente los edificios públicos que no pertenezcan a las Fuerzas Armadas,
la Policía Nacional o autoridades políticas; y finalmente otros locales que la
ONPE considere adecuados.
Según el organismo electoral, las
instituciones educativas constituyen la mejor alternativa para albergar mesas
de sufragio debido a que cuentan con aulas, patios, explanadas y espacios
amplios que permiten recibir a un importante número de electores. Además, la
mayoría dispone de cercos perimétricos, servicios básicos y mecanismos de
control de acceso que favorecen el desarrollo seguro de la jornada electoral.
La ONPE también resaltó que estos
espacios facilitan el trabajo del personal electoral, así como de los miembros
de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional encargados de resguardar el
material electoral y garantizar el orden durante el proceso de votación.
Antes de su aprobación
definitiva, el proyecto de reglamento permaneció publicado en el portal
institucional de la ONPE durante tres días calendario para recibir comentarios
y aportes de la ciudadanía. Sin embargo, la entidad informó que no recibió
observaciones dentro del plazo establecido, por lo que procedió a aprobar la
versión final que entrará en vigencia para los próximos procesos electorales.
(EXPRESO/ Fabrizio Morán)
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