COVID-19: GOBIERNO ELIMINA RESTRICCIONES Y NEGOCIOS REGRESARÁN CON 100% DE AFORO
* Decreto Supremo que amplía el
estado de emergencia rige desde mañana 28 de febrero por un periodo de 32 días.
El Ejecutivo eliminó las restricciones para todos los negocios y habilitará aforos al 100% de acuerdo al Decreto Supremo 016-2022 que amplía el Estado de Emergencia Nacional por 32 días, en el marco del COVID-19, y que rige desde mañana lunes 28 de febrero.
La norma, que se modifica cada 15
días, ya no contempla restricciones de aforo ni toque de queda a nivel
nacional, como lo hacía hasta hace dos semanas.
El decreto fue aprobado el último
viernes 25 de febrero y lleva las firmas del presidente Pedro Castillo, el
presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, el ministro de Salud Hernán
Condori y los demás miembros del gabinete ministerial.
Cabe recordar que para ese día se
tenía previsto evaluar la propuesta del ministro de Salud, Hernán Condori, para
eliminar las restricciones de aforos y permitir que estos sean habilitados al
100%.
ANTECEDENTES
Las medidas restrictivas de
aforos para las diversas actividades económicas fueron impuestas en el gobierno
de Martín Vizcarra con el objetivo de limitar los contagios de COVID-19.
Conforme el impacto de la pandemia
fue menguando, los aforos fueron ampliados hasta un 80% en el caso de las
provincias bajo nivel de riesgo moderado.
La habilitación del 100% de aforo
ha sido un pedido constante de diversos gremios empresariales, que ha sido
respondido favorablemente en los últimos días desde el Ministerio de Salud
(Minsa) y el Ministerio de Comercio exterior y Turismo (Mincetur).
No obstante, la Organización
Panamericana de Salud (OPS) mostró reservas con la evaluación que hacía el
Gobierno peruano para relajar las restricciones contra la pandemia.
De acuerdo al director de
Emergencias en Salud de la OPS, Ciro Ugarte, si se permiten los aforos al 100%
“es muy probable que aumenten los casos dramáticamente, así como el riesgo de
la transmisión del COVID-19″.
El vocero de la OPS subrayó que
la decisión de introducir, adaptar o levantar esas medidas “deben basarse en la
evaluación situacional de la intensidad de la transmisión y de la capacidad del
sistema de salud para responder”.
Tras el anuncio de la medida hace
unos días, esta fue cuestionada por el Colegio Médico del Perú y el exministro
de Salud Óscar Ugarte.
AFORO LIBRE
Las actividades económicas para
las que ya no se han decretado aforos son:
Tiendas en general, centros
comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento
Tiendas de abastecimiento de
productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias
Playas abiertas
Restaurantes y afines cuyas áreas
de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros
cuadrados en zonas internas
Restaurantes y afines cuyas áreas
de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200
metros cuadrados en zonas internas
Casinos y tragamonedas
Cines y artes escénicas
Templos y lugares de culto
Bibliotecas, museos, monumentos
arqueológicos, centros culturales y galerías
Actividades de clubes y
asociaciones deportivas
Bancos y otras entidades financieras
Eventos empresariales y
profesionales
Peluquería y barbería
Spa, baños turcos, sauna, baños
termales
Coliseos
Gimnasios
¿Y LOS COLEGIOS?
Luego de que el ministro de
Salud, Hernán Condori, dijera la semana pasada que su propuesta sería evaluada por
el Consejo de Ministros para que el aforo de los espacios cerrados y abiertos
sea del 100%, el titular de Educación, Rosendo Serna, señaló que de concretarse
la medida el sector educación va a tener que adecuarse.
“En la medida que cambien los
protocolos, nosotros, el sector Educación, vamos a tener que adecuarnos a los
protocolos”, señaló en su momento en TV Perú al ser consultado sobre la
propuesta anunciada por el titular del Minsa. Hasta ahora el Minedu no se ha
pronunciado por las implicancias del Decreto Supremo emitido este domingo.
NUEVAS MEDIDAS
Entre las nuevas medidas la norma
establece restricciones para los menores a partir de los 12 años de edad para
el ingreso a espacios públicos como playas, estadios y transporte aéreo e
interprovincial. Ahora se les exigirá la presentación del carnet de vacunación
con ambas dosis de la vacuna contra el COVID-19 para acceder a estos espacios.
MASCARILLA SE MANTIENE
En la norma publicada hoy se
señala que se mantienen restricciones como el uso obligatorio de una mascarilla
KN95 o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima una de
tela para circular por las vías de uso público y en lugares cerrados.
SOBRE REUNIONES SOCIALES
Asimismo, siguen suspendidos los
desfiles, las fiestas patronales y las actividades civiles, así como todo tipo
de reunión, evento social, político u otros que impliquen concentración o
aglomeración de personas, que pongan en riesgo la salud pública.
Se exceptúa de esta última medida
las ceremonias de carácter castrense y policial, las que deben cumplir con las
disposiciones sanitarias y reglas de distanciamiento físico o corporal
respectivas. (Perú 21)
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