MODIFICAN NORMA SOBRE CONTRATACIÓN DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD CAS COVID

* Mediante Resolución Ministerial N°643-2022/MINSA, publicada ayer en una edición extraordinaria de El Peruano.


El Ministerio de Salud (Minsa) modificó la Resolución Ministerial N°573-2022/MINSA mediante la cual se aprobaron las especificaciones para la contratación de personal bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo N°1057, el cual regula el régimen de contratación administrativa de servicios (CAS) para atender la emergencia sanitaria por la covid-19.

Esta modificación se oficializa mediante la Resolución Ministerial N°643-2022/MINSA, publicada ayer en una edición extraordinaria del cuadernillo de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En sus considerandos, la norma publicada detalla que el literal b) del artículo 3 de la mencionada Resolución Ministerial, establece como uno de los requisitos para la contratación de personal “Haber estado registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, vigente hasta el 31 de julio de 2022, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 018-2022”.

La resolución modifica el referido artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 573-2022/MINSA, el cual queda redactado con el siguiente texto:

“Articulo 3.- Requisitos para la contratación de personal

3.1 El personal a contratarse bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057 debe cumplir con los requisitos siguientes:

(...)

b) Haber estado registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, durante la vigencia de la emergencia sanitaria.

(...)”.

Constancias de trabajo

En su Artículo 2, la norma publicada hoy dispone que los responsables de las oficinas de recursos humanos o las que hagan sus veces en las entidades comprendidas en la Resolución Ministerial Nº 573-2022-MINSA, en un plazo máximo de dos (2) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial, deben emitir de oficio, las constancias de trabajo del personal que prestó servicios bajo la modalidad del Decreto Legislativo Nº 1057 en el marco del Servicio COVID Especial-SERVICER, durante la emergencia sanitaria.

Ello, “para efectos del procedimiento establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Ministerial Nº 966-2020/MINSA, incorporada por la Resolución Ministerial Nº 603-2022-MINSA”.

En su artículo 3, la norma encarga a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.

La Resolución Ministerial Nº643-2022/MINSA está firmada por el ministro de Salud, Jorge Antonio López Peña. (Andina)

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