MODIFICAN NORMA SOBRE CONTRATACIÓN DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD CAS COVID
* Mediante Resolución Ministerial
N°643-2022/MINSA, publicada ayer en una edición extraordinaria de El Peruano.
El Ministerio de Salud (Minsa) modificó la Resolución Ministerial N°573-2022/MINSA mediante la cual se aprobaron las especificaciones para la contratación de personal bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo N°1057, el cual regula el régimen de contratación administrativa de servicios (CAS) para atender la emergencia sanitaria por la covid-19.
Esta modificación se oficializa
mediante la Resolución Ministerial N°643-2022/MINSA, publicada ayer en una
edición extraordinaria del cuadernillo de Normas Legales del Diario Oficial El
Peruano.
En sus considerandos, la norma
publicada detalla que el literal b) del artículo 3 de la mencionada
Resolución Ministerial, establece como uno de los requisitos para la contratación
de personal “Haber estado registrado en el Aplicativo Informático para el
Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del
Sector Público (AIRHSP) bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057,
vigente hasta el 31 de julio de 2022, en el marco del Decreto de Urgencia Nº
018-2022”.
La resolución modifica el
referido artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 573-2022/MINSA, el cual
queda redactado con el siguiente texto:
“Articulo 3.- Requisitos para la
contratación de personal
3.1 El personal a contratarse
bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057 debe
cumplir con los requisitos siguientes:
(...)
b) Haber estado registrado en el
Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de
los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) bajo el régimen del Decreto
Legislativo Nº 1057, durante la vigencia de la emergencia sanitaria.
(...)”.
Constancias de trabajo
En su Artículo 2, la norma
publicada hoy dispone que los responsables de las oficinas de recursos humanos
o las que hagan sus veces en las entidades comprendidas en la Resolución
Ministerial Nº 573-2022-MINSA, en un plazo máximo de dos (2) días hábiles
contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial,
deben emitir de oficio, las constancias de trabajo del personal que prestó
servicios bajo la modalidad del Decreto Legislativo Nº 1057 en el marco del
Servicio COVID Especial-SERVICER, durante la emergencia sanitaria.
Ello, “para efectos del
procedimiento establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria de
la Resolución Ministerial Nº 966-2020/MINSA, incorporada por la Resolución
Ministerial Nº 603-2022-MINSA”.
En su artículo 3, la norma
encarga a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General
la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional
del Ministerio de Salud.
La Resolución Ministerial
Nº643-2022/MINSA está firmada por el ministro de Salud, Jorge Antonio López
Peña. (Andina)
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